TS condena a Gobierno vasco y una empresa a pagar 144.000 euros por la muerte de un técnico en una explosión en Guernica

Actualizado: domingo, 6 mayo 2007 14:00

La explosión en un concesionario se produjo por filtraciones de combustible de una gasolinera ubicada al lado

BILBAO, 6 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala primera del Tribunal Supremo ha condenado al Gobierno vasco y a una empresa a pagar una indemnización 144.000 euros a la viuda de un técnico de la Delegación de Industria del Gobierno vasco en Vizcaya por su fallecimiento el 17 de abril de 1989 durante la explosión del concesionario de OPEL en Guernica, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.

La explosión se produjo como consecuencia de filtraciones de combustible de una gasolinera situada junto al concesionario y que había sido reiteradamente denunciada por el concesionario de vehículos ante el Ayuntamiento de Guernica y la Delegación de Industria del Gobierno Vasco.

Con su resolución, el TS ha estimado el recurso de casación formulado por la viuda del técnico fallecido y revoca la decisión de la Audiencia Provincial de Vizcaya que había considerado prescritos los hechos.

La sentencia considera probado que los responsables del concesionario de automóviles denunciaron desde mayo de 1985 las filtraciones y fuertes olores en su local, situado junto a la gasolinera. Esta pertenecía a una sociedad que fue demandada por la viuda junto a su gerente, el ayuntamiento y el propio gobierno vasco.

La Ertzaintza recogió muestras y demostró que los líquidos, gases y olores procedían de la gasolinera. A la misma conclusión llegó la Policía local, uno de cuyos integrantes llegó incluso a marearse durante la inspección, debido a la fuerte concentración de gases.

El día 19 de abril de 1989, como consecuencia de las reiteradas quejas del afectado, un técnico de la Delegación de Industria del Gobierno vasco, acompañado del dueño del concesionario y su hija, bajó al sótano a inspeccionar, produciéndose entonces una fuerte explosión que acabó con la vida del funcionario y la mujer, mientras que el propietario del local resultó herido.

Por su parte, el Tribunal Supremo estima que la sociedad que regenta la gasolinera, su gerente, el delegado de Industria del Gobierno de Vizcaya y el propio Gobierno vasco han de responder de la indemnización reclamada por la viuda del técnico, que falleció cuando contaba la edad de 28 años y tenía un bebé de nueve meses. Además, absuelve al Ayuntamiento de Guernica.

"NEGLIGENCIA"

La sentencia indica que la sociedad propietaria de la gasolinera incurrió en negligencia al no haber mantenido los depósitos de combustible en buen estado, ya que estaban corroídos y propiciaron la concentración de combustible en el inmueble contiguo. Otro tanto indica del administrador social de esa empresa.

En el caso del Gobierno vasco y su entonces delegado de Industria, el Tribunal Supremo reprocha que no se realizaran inspecciones a la gasolinera desde el año 1981, fecha en que se recibe la transferencia en materia de Industria, pese a las reiteradas denuncias de los propietarios afectados.

No obstante, la resolución judicial destaca que el Gobierno Vasco solicitó a la Audiencia Provincial la confirmación de la sentencia condenatoria de primera instancia, por entender ajustada la indemnización que se había fijado. Finalmente, la sentencia establece el pago de intereses a los cuatro condenados y el abono de las costas a la viuda que presentó la demanda.