El TS condena al senador del PP por Córdoba Angel Blanco por conducir bajo los efectos del alcohol

Actualizado: miércoles, 15 noviembre 2006 14:17

MADRID, 15 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al senador del PP por la provincia de Córdoba Ángel Blanco al pago de una multa de 1.800 euros y la retirada del carnet de conducir durante un año y un día por considerarle culpable de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

En el fallo, al que tuvo acceso Europa Press, el Supremo recuerda que el senador cordobés fue sometido a una prueba de alcoholemia después de que su coche impactara con otro vehículo y considerar que "presentaba síntomas de hallarse bajo la influencia de alguna bebida". Así, el resultado de la prueba fue de 0,70 y 0,72 mililitros de alcohol por litro de aire expirado, cuando la tasa permitida es de 0,25 mililitros por litro.

Por ello, Blanco ha sido condenado a la pena de tres meses de multa con cuota diaria de 20 euros, lo que suma un total de 1.800 euros, y la privación de un año y un día del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, además del pago de las costas del proceso judicial.

Según explica el fallo del Tribunal, el Ministerio Fiscal reclamó que se impusiera al senador una pena de multa de seis meses con cuota diaria de 100 euros y la privación del permiso de conducir por un año y tres meses, mientras que el acusado solicitó que se le impusiera pena mínima como responsable de un delito contra la seguridad del tráfico.

Para dictar la sentencia, el Supremo considera como hechos probados que Blanco circulaba el día 25 de noviembre de 2004 por Córdoba "tras haber ingerido bebidas alcohólicas que en cantidad que disminuía sensiblemente su aptitud y reflejos", por lo que impactó por detrás con otro vehículo situado en el carril derecho.

Así, afirma que estos hechos integran "todos los elementos" del delito contra la seguridad del tráfico del artículo 379 del Código Penal y establece que, "dado que se trata de un supuesto típico y que aparte de este dato no presenta ningún rasgo de especial gravedad", debe imponerse tanto la pena de multa como la privación del permiso de conducir en el mínimo legal.