Archivo - Fachada del Tribunal Supremo durante la segunda jornada del juicio al fiscal general del Estado, a 4 de noviembre de 2025, en Madrid (España). - Fernando Sánchez - Europa Press - Archivo
MADRID, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la expulsión que el Ministerio de Defensa ordenó para un agente de la Guardia Civil después de ser condenado a prisión por haber encañonado con un revólver a su exmujer mientras le daba patadas en las piernas tras verla acompañada de un hombre.
Así consta en una sentencia, recogida por Europa Press, en la que el alto tribunal desestima el recurso de casación del agente y confirma la sanción disciplinar de separación de servicio.
Según recoge la Sala de lo Militar del Supremo, el hombre y su expareja se divorciaron en 2019. Y un año después, cuando la mujer se encontraba dentro de su coche acompañada de un hombre, el condenado apareció "de manera súbita e inopinada" en otro coche.
Los magistrados citan que el guardia civil se bajó de su coche y se dirigió al asiento del copiloto, donde se encontraba el acompañante de su exmujer, abrió la puerta y, apuntándole con un revólver "municionado", le dijo: "Bájate del coche, hijo de puta".
El agente "arrastró" al hombre fuera del vehículo y "le hizo caer al suelo de rodillas, colocándole el revólver en la frente, diciéndole que era un hijo de puta y que le iba a matar", según relata la sentencia.
En ese momento, tal y como recoge el Supremo, la mujer se bajó del coche y se dirigió a su exmarido, "recriminando su conducta y preguntándole si la iba a matar a ella también" y, además, instó a su acompañante a salir corriendo.
"En ese instante, el guardia civil encañonó a su expareja, colocando la pistola también en la sien. Igualmente, y con evidente ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó un empujón, cayendo hacia atrás. Una vez en el suelo, el agente le propinó diversas patadas que le alcanzaron en las piernas, mientras seguía apuntándola con la pistola. Una vez que se dirigía de nuevo a su vehículo para perseguir al otro hombre, se volvió hacia la mujer, agarrándola por el cuello", ratifica el tribunal de los hechos probados de la sentencia de instancia.
COMETIÓ UNA "FALTA MUY GRAVE"
Tras la denuncia de los afectados, el TS indica que un juzgado de Ávila le condenó por dos delitos de amenazas graves no condicionales, un delito de lesiones en el ámbito familiar (violencia sobre la mujer) y un delito leve de lesiones.
Por estos delitos, el TS recoge que el agente fue castigado a tres años y nueve meses de prisión, una multa de 540 euros, una orden de alejamiento de 500 metros de los afectados y el pago de 500 y 450 euros de indemnización a su ex y al hombre, respectivamente. El hombre recurrió la sentencia la Audiencia Provincial, que confirmó la pena.
El condenado fue sancionado internamente por esa condena a separación de servicio al haber cometido una "falta muy grave", consistente en "cometer un delito doloso condenado por sentencia firme, relacionado con el servicio", según la sentencia.
Después, el hombre interpuso un recurso ante el Supremo por esa sanción, si bien los magistrados entienden que se cumplen los requisitos para considerar "muy grave" su caso.
"No hay duda de la importancia de los delitos de amenazas graves y lesiones en el ámbito familiar y de su afectación a los ciudadanos, pero tampoco la hay de la grave afectación que supone para el crédito que la institución de la Guardia Civil", insiste el Supremo.
Del mismo modo, los magistrados afirman que la alegación relativa a que la sanción no es proporcional, tampoco puede ser atendido. Según la Sala, "la proporcionalidad en el presente caso no ha sido quebrantada y la sanción impuesta cumple" con los criterios.