MADRID 4 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado el derecho de los concejales del Grupo Municipal Socialista a utilizar para reunirse uno de los despachos municipales de cada uno de los edificios que dispone el Ayuntamiento de San Cristóbal de la Laguna (Tenerife) en diversos consistorios. El Supremo señala que los edificios de las tenencias de Alcandía disponen de espacio suficiente para que los concejales socialistas puedan utilizarlos dos días a la semana.
En una sentencia hecha pública hoy, el alto tribunal estima así el recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que denegó la petición de este grupo a usar estas dependencias municipales, alegando su derecho a la participación política previsto en el artículo 23.2 de la Constitución.
Este artículo establece que "los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes".
"INJUSTIFICADO".
Este Grupo recordó en su recurso que el Ayuntamiento cuenta con edificios en las distintas localidades del municipio, por lo que consideró "absolutamente injustificado" que los vecinos de las diferentes zonas que necesitan entrevistarse con los concejales socialistas tengan que desplazarse hasta el Edificio Consistorial.
La sentencia de instancia señaló que no se había negado a los concejales del Grupo Socialista el uso de los locales de las Tenencias de Alcaldía porque el Concejal Delegado de Régimen Interior dijo que podían hacer uso de ellos con sólo avisar el día antes al funcionario responsable.