El TS eleva a 143.300 euros la indemnización a los padres de un niño muerto en la Sagrada Familia al caer una escultura

Actualizado: domingo, 4 febrero 2007 12:43

MADRID, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha elevado a 143.333 euros la indemnización concedida a los padres y la hermana de un niño de cinco años que murió al caérsele encima una escultura expuesta en el Templo Expiatorio de la Sagrada Familia, en Barcelona, ya que aunque el menor no fuera de la mano en el interior del recinto no se aprecia la concurrencia de una conducta omisiva por parte de los progenitores con relevancia causal en la producción del daño.

El alto tribunal considera que los padres no cometieron una conducta negligente al dejar al niño ir solo por la exposición, por lo que aumenta la indemnización que les había concedido la Audiencia Provincial de Barcelona de 95.555 euros a 143.333. El Supremo concede a cada progenitor 120.202 euros, más 3.400 por los gastos generados por el sepelio y 18.000 euros a su hermana.

El Juzgado de Primera Instancia número 30 de Barcelona estimó la demanda interpuesta por los padres del menor y condenó a la Junta Constructora del Templo Expiatorio de la Sagrada Familia "a abonar a los demandantes la suma que se determine en ejecución de sentencia".

Sin embargo, la Audiencia de Barcelona revocó dicha resolución y estableció una indemnización de 40.067 euros para cada padre por daños morales, más 3.400 euros por los gastos del entierro. A su hermana le concedió 12.000 euros.

La Audiencia entendió que "junto con la conducta negligente de la entidad demandada concurría la de los progenitores del menor, a quienes atribuyó la omisión del cuidado exigible para con un menor de cinco años en un centro en el que se exhibían piezas y obras de valor 'que no deben exponerse a las conductas y movimientos irreflexivos de personas carentes de razón por su minoría de edad'".

CARECE DE RELEVANCIA.

El Supremo, en cambio, considera que "habida cuenta las circunstancias que rodearon al desgraciado accidente", carece de relevancia penal que los padres dieran la mano al niño, ya que aunque hubiera estado sometido "a la más estrecha vigilancia de sus progenitores" no se habría excluido la causa del accidente.

Al entrar en la exposición, el menor se dirigió hacia una escultura compuesta por varias piezas de yeso que reproducía las constelaciones, y se colgó de ella, lo que provocó el desemblaje y posterior caída de tres de sus módulos sobre el niño, que murió por fractura craneal.

El Supremo tiene en cuenta que una de las vigilantes de seguridad declaró en la vista que "todo el mundo tocaba la pieza que se cayó" y concluye que "siendo normal y no exigible que dentro de un recinto cerrado un menor no pueda deambular por sí solo, la conducta de sus padres no concurre en modo alguno a la producción del hecho y mucho menos con el resultado de que tuviera que sufrir la posible y negada conducta negligente la hermana menor de edad del niño fallecido".