Actualizado: sábado, 24 junio 2017 11:30

MADRID, 24 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha rebajado la condena cinco meses a un agente de la Policía Nacional que inventó los hechos de dos acontecimientos por los que tramitó sendas denuncias. El alto tribunal descarta el delito de extorsión por el que fue inicialmente acusado pese a que el agente amenazó a otra persona con hacerle "la vida imposible".

Santiago D.G.R. fue condenado en abril de 2016 por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca a cinco años y un mes de prisión por los delitos de falsedad documental, denuncia falsa, detención ilegal, extorsión y falta de maltrato de obra.

Según cuentan los hechos probados redactados en la sentencia del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez García, el 29 de mayo de 2010, el acusado fue requerido por otro compañero para que interviniese en un incidente que éste último había tenido con un ciudadano italiano, Mauricio S., en el parking del aeropuerto de Ibiza, en el cuál le había insultado y realizado gestos de agresión.

Santiago D.G.R. redactó la denuncia sin la presencia del denunciante y expuso que el ciudadano había dicho al policía con el que tuvo el altercado: "si no te callas te voy a matar, que soy un capo de la mafia y te cortaré el cuello". Los hechos probados han demostrado que esta frase fue una invención del acusado, pues su compañero no le comentó que le amenazase con la misma.

AMENAZÓ CON ENCERRAR EN EL CALABOZO

Dos años más tarde, el acusado se reunió con Raúl E.M.T., el cuál reclamaba a la novia del primero la devolución de 300 euros entregados como señal para el alquiler de un piso, cuyo contrato no llegó a formalizarse. En este encuentro, Santiago D.G.R. inició un forcejeo, propinó un puñetazo en la mandíbula y retuvo en contra de su voluntad a Raúl E.M.T., estando fuera de servicio y sin identificarse en ningún momento como agente de la autoridad.

Acto y seguido, el acusado llamó a dos compañeros suyos para que se personaran en el lugar de los hechos, a los que les informó "a sabiendas de su falsedad" de que el retenido le había intentado robar el teléfono móvil empleando la violencia. Una vez en las dependencias policiales, Santiago D.G.R. le instó a que le enseñase una factura que acreditase el pago de 300 euros "sino quería quedarse encerrado allí ni tener problemas, tanto él como su familia", destaca la resolución del alto tribunal.

El Tribunal Supremo asume los criterios adoptados por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca y confirma la condena impuesta por los delitos por los que se le acusa, salvo el de extorsión. Sobre este último, el alto tribunal absuelve al condenado al considerar que dicha conducta ilegal no se ha producido porque el policía "no obligó a la confección de ningún documento, sino que le requirió --de una u otra forma-- la entrega del recibo en el que constaba tal entrega".

"ARGUCIAS"

En relación a los otros delitos, la sentencia del Tribunal Supremo subraya en varias ocasiones que en dos momentos distintos el acusado inventó "argucias", a sabiendas de la falsedad de los hechos. Además, subraya que en el caso del aeropuerto el policía añadió "falsamente" en la denuncia "un dato absolutamente relevante" (que el detenido era "capo de la mafia").

Para los magistrados del Supremo esta conducta "evidencia una deslealtad en el cumplimiento de sus misiones legales, las cuales le obligaban en términos de probidad y veracidad".

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