El TSJC confirma la sentencia del triple crimen de la joyería de Castelldefels (Barcelona)

Actualizado: lunes, 21 diciembre 2009 13:36

BARCELONA, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la sentencia del triple crimen de la joyería de Castelldefels en 2005 porque considera que no se aprecia ningún defecto de forma y que existen pruebas suficientes para culpar a los dos acusados. Además, niega que el autor material de los asesinatos, Fernando S.M., estuviera afectado por alguna perturbación mental.

La Audiencia de Barcelona condenó el pasado julio a Fernando S.M. y Juan Antonio S.H. a más de 64 años de cárcel y a más de 46, respectivamente, por tres delitos de asesinato y uno de intento de robo con violencia, cuando en noviembre de 2005 atracaron una joyería de Castelldefels (Barcelona) y asesinaron a golpes de machete al matrimonio que la regentaba y a uno de sus hijos.

La sentencia --ahora confirmada por el TSJC--, basada en el veredicto emitido por el jurado popular que juzgó el caso, establece que, como máximo, Fernando S.M. cumplirá una pena de 40 años de prisión, y que Juan Antonio S.H. estará recluido como máximo 25 años.

Además, condena a ambos a pagar al otro hijo de las víctimas 450.000 euros por daño moral y 5.876,23 euros por los desperfectos ocasionados a la joyería; 200.000 euros a los padres de la joyera y 120.000 a los tres hermanos del joyero y les prohíbe acercarse a menos de un kilómetro de Castelldefels o de los familiares hasta tres años después de que salgan de prisión.

Un tribunal popular declaró culpable a Fernando S.M. de dos asesinatos con alevosía y ensañamiento y de un asesinato con alevosía, además del intento de atraco, por lo que la Fiscalía pidió para él 73 años y medio de cárcel. A su sobrino, Juan Antonio S.H., el jurado le declaró culpable por unanimidad de tres asesinatos con alevosía, además del intento de atraco, por lo que la Fiscalía pidió finalmente 63 años de cárcel.

La defensa de los condenados interpuso un recurso alegando defectos formales --que ahora el TSJC ha rechazado-- así como una "vulneración del principio de presunción de inocencia". Sin embargo el alto tribunal considera que existen "pruebas suficientes" que incriminan a los dos acusados.

Por su parte, la defensa de uno de los condenados, Fernando S.M., autor material de los asesinatos, alegó que su cliente sufría una "perturbación mental, súbita y breve", por lo que pedían un atenuante de la pena. Según el TSJC, todas las pruebas --la apreciación de los policías y los informes médicos realizados a los dos días de la detención-- señalan que no existía ninguna perturbación ni ningún síndrome de abstinencia.

Los hechos ocurrieron sobre las 11 de la mañana del 29 de noviembre, cuando los atracadores entraron a la joyería Royo, en la calle Antonio Machado, provistos con un revólver falso y un gran machete. Aprovechando que sus dueños conocían a Fernando S.M. porque les había instalado el aire acondicionado, y valiéndose de su confianza, intentaron robar y asesinaron al matrimonio y al hijo de ambos.