VALENCIA 23 May. (EUROPA PRESS) -
La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha confirmado la multa que el ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación impuso a un hombre por pescar en la reserva marina de la isla de tabarca.
De esta forma, la sala rechaza el recurso interpuesto por el afectado contra la resolución ministerial del 29 de agosto de 2003, suscrita previa delegación por el secretario general técnico, que a su vez desestimó el recurso de alzada frente a la resolución del director general de Recursos Pesqueros que le impuso la multa al considerar que había cometido una infracción administrativa grave por ejercer la pesca en una zona vedada.
La resolución ministerial declaró al recurrente --que negó los hechos y pidió el archivo de las actuaciones-- responsable de realizar labores de pesca al curricán dentro de la zona no autorizada para ello en la reserva marina de la isla de Tabarca, acción que había sido denucniada por el guardacostas el mismo día de los hechos, el 21 de agosto de 2002.
El denunciado aseguró que se encontraba en ese lugar porque su embarcación había sufrido una avería mecánica en un motor, lo que supuso que el barco derivó hasta adentrarse en la zona limítrofe de la reserva. Asimismo, alegaba que había quedado acreditada la avería por un albarán de la reparación final aunque la sala señala que en este documento no figura la persona o sociedad que lo expidió mientras que el escrito de demanda no adjuntó la supuesta factura. Además, señala que los agentes de la autoridad fueron los que constataron directamente los hechos.