UE.- Suecia bloquea avances en norma de la UE sobre divorcios internacionales al negarse a aplicar ley de otros países

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 19 abril 2007 17:39

LUXEMBURGO 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

La negativa de Suecia, y en menor medida también de Finlandia y Países Bajos, a que sus tribunales apliquen leyes de otros países para disolver matrimonios bloqueó hoy el acuerdo entre los Veintisiete para avanzar en el establecimiento de normas comunes sobre el divorcio, que incluían la posibilidad de que los cónyuges puedan elegir qué legislación quieren que se les aplique para divorciarse. Los ministros de Justicia de la UE debatieron hoy sobre la propuesta de reglamento para establecer en la UE una serie de normas comunes para los divorcios de parejas cuyos cónyuges tienen distinta nacionalidad y también de aquellos que, siendo del mismo país, recurren a los tribunales de uno distinto para que los divorcie. La discusión contempla elementos como la elección del tribunal, la legislación nacional en base a la que se va a disolver su matrimonio y los efectos de aplicación de la sentencia en otro país.

Fuentes del Consejo de la UE afirmaron que el punto de más debate fue el relativo al derecho que la nueva regulación daría a los cónyuges de elegir la legislación en base a la que quieren que su matrimonio se disuelva, que podría llevar a que el tribunal de un país tuviera que divorciar aplicando la ley de otro --tanto de dentro como de fuera de la UE--.

En este caso, Suecia fue la delegación que mostró mayor oposición a una posibilidad que, según las fuentes, sí defendió el ministro español, Mariano Fernández Bermejo.

Junto a Países Bajos y Finlandia, Suecia es uno de los tres países de la UE que privilegian sus legislaciones ('lex fori') frente a las foráneas. Las fuentes añadieron que La Haya y Helsinki se mostraron "en la misma línea" aunque sin llegar a "bloquear".

Según explicaron las fuentes, el uso español es el contrario, porque los tribunales en España sí permiten a los cónyuges elegir ser divorciados en aplicación de leyes de otros países, con la excepción de que se considere que la ley preferida es "discriminatoria".

NEGATIVA SUECA

El secretario de Estado de Justicia de Suecia, Magnus Graner, afirmó en rueda de prensa que, en primer lugar, y a diferencia de "la mayoría de los otros países", su país "no ve la necesidad de que haya un acuerdo en la UE" para acompasar las normas sobre los divorcios que afectan a ciudadanos de distinta nacionalidad.

Desde el punto de vista del "contenido", al tesis sueca es que su ley sobre el divorcio es la mejor y rechaza tener que aplicar otras que considera no tan buenas y que, por ejemplo, puedan incluir aspectos como la necesidad de que los cónyuges tengan que probar ciertas cosas que no contempla la ley sueca.

Según Graner, "no es aceptable que los tribunales de Suecia apliquen leyes que no sean de Suecia", que, añadió, "tendrán que aplicar siempre la ley sueca". Apuntó que existen "muchas diferencias" entre las distintas leyes de divorcio y advirtió que "la ley del divorcio es muy diferente de unos países a otros", tanto de dentro de la UE como de fuera.

En este sentido, afirmó que "no aceptamos aspectos de leyes extranjeras que restrinjan el derecho del divorcio" y señaló que no sólo fuera de la UE, "sino también algunos países de la UE están restringiendo el derecho del divorcio".

En resumen, señalaron que una solución de compromiso aceptable para Suecia sería que "los tribunales aplicaran la ley del país en el que se encuentran". De momento no es posible y tanto el secretario de Estado como fuentes del Consejo de la UE destacaron como el logro más importante del debate de este jueves el compromiso de los Veintisiete para seguir negociando.

Lo harán en base a unas directrices que presentó la Presidencia alemana de la UE y que aceptaron todas las delegaciones. Para que también lo hiciera Suecia fue necesario introducir varias menciones que subrayaron el hecho de que no hay acuerdo cerrado todavía y que serán necesarias más discusiones.

Aun con la necesidad de futuras discusiones, la Presidencia concluyó con unas directrices de las mismas que reconocen que, por lo que respecta a la elección del tribunal, la mayoría de las delegaciones se mostraron de acuerdo en que ésta sea "limitada" a los de los países de los que son naturales los cónyuges o del último país e el que tuvieron su residencia habitual.

En cuanto a la elección de la legislación, la Presidencia propone que el debate continúe en base a que los cónyuges puedan optar por la ley de sus países de origen, de donde residieron juntos por última vez de manera habitual o la del país en el que resida en ese momento cualquiera de los dos miembros de la pareja.

MATRIMONIO HOMOSEXUAL

Asimismo, el documento de la Presidencia mantiene la clarificación de que un eventual acuerdo sobre este reglamento no significará el establecimiento de la institución del divorcio, una velada referencia a Malta, donde no se reconoce esta figura.

Por otra parte, de los 27 Estados miembros de la UE, sólo España, Bélgica y Países Bajos reconocen el matrimonio homosexual, que, según explicaron las fuentes, no se verán obligados a reconocer el resto de países en virtud también de la mención anterior. También en este caso, un juez no español, ni belga ni holandés podría declararse no competente para disolver un matrimonio entre personas del mismo sexo.

No obstante, afirmaron que la delegación belga sí hizo un inciso velado a este respecto, cuando demandó que "el respeto del orden legal nacional no debe poner en peligro la aplicación coherente de la ley comunitaria".

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