Una vallisoletana, menor de edad, dona a Víctimas de Agresiones Sexuales 6.000 euros de indemnización tras un juicio

Actualizado: sábado, 1 julio 2006 16:00

La víctima fue objeto de un delito de abuso sexual cuyo autor fue condenado a 3 años de cárcel por la Audiencia provincial

VALLADOLID, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

Familiares de una adolescente vallisoletana que en 2003, cuando contaba con 15 años, fue violada por un joven de 27 en un pueblo de la provincia, han decidido donar a la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales de Valladolid (ADAVASYMT) la totalidad de los 6.000 euros de indemnización que la menor recibió en concepto de daños morales.

El juicio por estos hechos se celebró en la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial y concluyó con sentencia condenatoria, concretamente con la imposición de una pena de 3 años de cárcel a R.P.R. por un delito de abuso sexual (artículo 182 del Código Penal), junto con la imposibilidad de comunicar o aproximarse a la víctima por el mismo periodo y la obligación de indemnizarla en la referida cantidad, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Aunque el Ministerio Fiscal y la acusación particular habían solicitado para el procesado penas de 7 y 10 años de cárcel, respectivamente, la Sala rebajó la pena a 3 años al estimar como eximente incompleta el estado de embriaguez en el que se encontraba el condenado.

La menor estuvo representada en el proceso por la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos de Valladolid (ADAVASYMT), de forma que tras la sentencia condenatoria impuesta a su violador la familia de la joven acordó donar la totalidad de los 6.000 euros de indemnización en favor del colectivo.

Los hechos objeto de condena se produjeron en la madrugada del 28 de septiembre de 2003, en plenas fiestas patronales de una localidad de la provincia, cuando el condenado y la menor, a la que conocía desde pequeña, coincidieron a las puertas de una peña y se dirigieron luego a unas naves donde el primero besó a la víctima y acto seguido, pese a la oposición de ésta, le bajó los pantalones y las bragas y la penetró vaginalmente.

En su fallo, la Sala considera acreditado que las relaciones sexuales no fueron consentidas por la menor, como demostrarían detalles tales como que esta última llevaba puesto un tampón, la exploración vaginal que certifica que la víctima presentaba un pequeño desgarro y, a mayores, el trauma sufrido por ella y que le obligó a someterse a tratamiento.