Zarrías: el instructor de los ERE en el TS enjuicia penalmente decisiones de la Junta

Gaspar Zarrías llegha al Tribunal Supremo para declarar por los ERE
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 1 julio 2015 16:23

Recurre las acusaciones de prevaricación por injustas, oportunistas y "sin precedentes en la historia judicial española"

MADRID, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

La defensa del exconsejero de Presidencia de Andalucía y aún diputado Gaspar Zarrías ha presentado este miércoles un recurso de apelación en el Tribunal Supremo en el que rechaza las acusaciones vertidas contra él por el instructor del caso de los ERE fraudulentos en el Tribunal Supremo, quien le imputa de un delito de prevaricación administrativa. Acusa a Alberto Jorge Barreiro de convertir en "prevaricadoras" las leyes del Parlamento Andaluz que avalaron las ayudas y de someter a juicio las decisiones de la Junta.

Zarrías califica en su recurso la instrucción en el Supremo de "ineficaz" por no poner en duda los planteamientos de la juez de Sevilla Mercedes Alaya, con el objetivo de "someter a juicio penal las decisiones legislativas de la Junta de Andalucía", lo que supone convertir el sistema judicial penal en "un mero instrumento de política".

En principio, la exposición razonada por la que el magistrado imputó formalmente a Zarrías, el expresidente Manuel Chaves y el exconsejero de Empleo José Antonio Viera no es recurrible, si bien el abogado del primero, Gonzalo Martínez-Fresneda considera que tiene posibilidad procesal de hacerlo por haber quedado pendiente de resolver un recurso que presentó un día antes de que se notificaran dichas conclusiones.

"Con independencia de la forma elegida por el instructor para comunicar su decisión, lo cierto es que la misma supone una negativa de sobreseer la causa para mi representado y otros tres aforados -los antes señalados más el expresidente José Antonio Griñán, quien fue imputado en un auto aparte al haber perdido ya la condición de aforado- por considerar que existen indicios de criminalidad contra los mismos", explica el abogado.

Esta decisión es la que se recurre en este escrito ante la Sala de Recursos que integran tres magistrados "en ejercicio del derecho de defensa y en el entendimiento de que no tiene por qué ser una decisión irrecurrible", añade.

LA IMPUTACIÓN ES LA CONDENA

A juicio del letrado, "es público y notorio" que los parlamentarios, cuando son imputados, "son impulsados a abandonar el acta tan pronto como se solicita suplicatorio contra ellos". Y ya que el delito de prevaricación que se imputa a Zarrías no tiene más pena que la inhabilitación, considera que "sin exceso alguno, puede decirse que la imputación es su condena".

Sobre el fondo de las acusaciones, la defensa señala que la decisión del magistrado Jorge Barreiro no tiene precedentes en la historioa judicial española "en la medida de que por primera vez se dirige reproche penal para castigar una responsabilidad que, de existir, sería de naturaleza exclusivamente política".

Para lograrlo considera esta parte que el magistrado vulnera principios fundamentales del sistema constitucional como son el principio de legalidad penal, el de intervención mínima del derecho penal, el de división de poderes o la soberanía en el ejercicio de la potestad legislativa.

Añade el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que la decisión del Instructor es igualmente una decisión "oportunista" en la medida de que "se apoya en una determinada coyuntura social" y ello supone un "precedente nefasto", según el cual una labor legislativa o un programa político pueden recibir una sanción penal.

Para la defensa de Zarrías todo el relato en el que el instructor de la causa basa su decisión "es una construcción artificiosa" que gira en torno al instrumento presupuestario denominado "transferencias de financiación" -el que se utilizó para dotar las ayudas socio-laborales- que es para el juez "la cifra y suma de todas las arbitrariedades".

La tesis de que esta técnica presupuestaria se utilizó para eludir los controles en las ayudas ha sido negada por los peritos de parte, según esta defensa, y además el juez Jorge Barreiro "no ha sido capaz de establecer (...) una relación causal entre la supuesta disminución de los controles y los casos concretos de fraude".

"En otras palabras, de haberse allegado los fondos para el pago de las ayudas por otro sistema, ello no habría evitado que se produjeran este tipo de fraudes, ya que el engaño que encerrarían se produce en el ámbito de la ejecución de las ayudas acordadas y no en el de su planificación presupuestaria ni en el de su financiación", insiste el escrito.

A ello se añade, según la defensa, que los hechos imputados a Gaspar Zarrías no son ciertos, y que además no se le imputa por ninguna resolución dictada en su condición de consejero de Presidencia de la Junta de Andalucía, sino simplemente por ser miembro del Gobierno "al ofrecer su voto, con el resto de consejeros, para la aprobación" de los proyectos presupuestarios.

En el escrito se califica de "incierto" que Zarrías conociera los problemas de legalidad que habrían surgido en la concesión de las ayudas, y se limita la actuación del exmandatario a diversas gestiones para intentar salvar la empresa cárnica Hijos de Andrés Molina (HAMSA), que daba trabajo en Jaén a un millar de personas.

Finalmente, señala el abogado de Zarrías que "cuando la tensión política deje de contaminar el debate jurídico" y su mandante se vea exculpado por completo de las imputaciones "será ya demasiado tarde". "Nadie se dirigirá a él para reconocer el error cometido en su persona, ni le reparará el daño injusto e irreversible que se le ha causado", concluye.

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