PAMPLONA 24 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha desestimado la reclamación de un agricultor contra la resolución que le imponía una multa de 300.000 pesetas y el precintado de su tractor durante dos meses por utilizar gasóleo agrícola mientras transportaba material de obra.
La sentencia explica que el 4 de enero de 2001, la Comandancia de Navarra de la Guardia Civil, en el puesto de Urdax, constató que un vehículo tractor Fiat con matrícula NA-67544-VE, conducido por J.M.L.M., estaba utilizando gasóleo de color rojizo mientras transportaba áridos para la construcción.
En el acta consta que el propietario y conductor del vehículo manifestó que el transporte era para arreglar una obra de su propiedad, a la que sólo se puede tener acceso mediante un tractor. Además, adujo que desconocía que la normativa le impidiera utilizar su tractor para transportar otras cosas que no fueran productos agrícolas.
Según aprecia el TSJN, esta persona realizaba una obra en su casa "y aprovechó su tractor para acarrear los materiales de la obra y así ahorrarse el transporte". "Lo sabía, aceptó el riesgo que corría con su acción y lo aceptó por el beneficio que le producía su acción", añade la sentencia, que precisa que alegar ahora desconocimiento "es algo totalmente increíble".
"La invocada ignorancia o desconocimiento de la normativa vigente no tiene el más mínimo crédito, ni es verosímil", ya que "todos los agricultores saben que hay un gasóleo más económico para los tractores agrícolas dedicados a estas labores", que es sólo para la agricultura, se señala en la sentencia.
La sentencia aprecia "temeridad y mala fe procesal" y condena al recurrente a pagar las costas, además de quedar desestimada su demanda.