El Gobierno aprueba modificaciones tributarias en materia de delito fiscal, juego e impuesto de actividades económicas

Actualizado: miércoles, 26 octubre 2016 12:37

PAMPLONA, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de este miércoles, tres proyectos de ley con modificaciones tributarias en materia de delito fiscal, juego e impuesto de actividades económicas, "con los que se quiere modernizar y hacer más eficaz la gestión de los impuestos, así como adaptarla a la normativa europea".

El consejero de Hacienda y Política Financiera del Ejecutivo foral, Mikel Aranburu, ha explicado, en la rueda de prensa tras la sesión de Gobierno, que van a proponer al Parlamento modificaciones tributarias en cinco proyectos de ley distintos, tres de ellos aprobados este miércoles y otros dos, que lo serán la semana que viene.

Uno de los proyectos aprobados se trata de una modificación parcial de la Ley foral General Tributaria, en lo correspondiente a la persecución del delito fiscal y se adapta a las exigencias europeas en lo que se refiere a las ayudas de Estado e intercambio de información.

Además, se ha aprobado un proyecto de ley que regula, por primera vez de forma global, los tributos sobre el juego y, finalmente, otro proyecto que modifica la ley de Haciendas Locales y en el que se establece que el Impuesto de Actividades Económicas será de inspección compartida entre Gobierno y ayuntamientos, al tiempo que se hace accesible la consulta por Internet de su registro.

MODIFICACIONES EN LA LEY GENERAL TRIBUTARIA

El Gobierno de Navarra ha aprobado un proyecto de ley foral por el que se modifica parcialmente la ley foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria. Los cambios tienen el propósito general de "modernizar los procedimientos tributarios, así como de consolidar y de mejorar las mencionadas relaciones entre los ciudadanos y la Administración tributaria, con el objetivo de reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los ciudadanos navarros en el marco de una creciente seguridad jurídica y confianza legítima".

Así, por ejemplo, se refuerzan la prevención y lucha contra el fraude, permitiendo que, en casos de procedimientos penales por delito fiscal, Hacienda pueda practicar las correspondientes liquidaciones tributarias de los hechos investigados, algo que hasta ahora no era posible.

Asimismo, se modifican los requisitos para la concesión de aplazamientos de cara a garantizar la ejecución de los mismos. De esta manera, se es más exigente con el pago a cuenta y se reduce, de tres a dos años, el plazo en el que no es necesaria la aportación de garantía, ha informado el Gobierno foral.

Otro de los cambios se encamina a adecuar la normativa tributaria foral a las exigencias del derecho de la Unión Europea en lo relativo a la recuperación de las ayudas de Estado y a la implantación de las obligaciones de información a las entidades financieras en el ámbito de la diligencia debida y de la asistencia mutua.

Finalmente, se introducen una serie de mejoras técnicas y de adaptación de la normativa tributaria a la experiencia diaria acumulada en el funcionamiento de la Hacienda Tributaria de Navarra. En este campo se destacan los avances en las medidas relacionadas con la prescripción, con el reembolso del coste de los avales y garantías aportados para suspender la ejecución de una deuda tributaria cuando ésta haya sido declarada improcedente, y con la cesión de datos tributarios a las Administraciones Públicas de Navarra para el desempeño de sus funciones y competencias.

LEY DEL JUEGO

El Gobierno de Navarra ha aprobado también el proyecto de ley foral por el que se regulan los tributos sobre el juego en Navarra. De esta manera, se cubre la laguna normativa existente en este campo, dado que, a diferencia de otras comunidades autónomas, la Comunidad foral no dispone de una regulación global de la gestión tributaria del juego, sino que tan sólo ha desarrollado aspectos puntuales. Por otro lado, esta Ley va a permitir delimitar con precisión las competencias del Estado y las de Navarra, ha expuesto el Ejecutivo.

Concretamente, el Estado es competente sobre las actividades de juego que se realicen a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos y las loterías de ámbito estatal. Por su parte, Navarra tiene la competencia exclusiva en materia de Casinos, Juegos y Apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas. Finalmente, la nueva ley tiene por objeto regular la tributación de los juegos de manera armónica con la normativa tributaria del Convenio Económico.

En este sentido, los dos cambios más significativos que introduce la nueva regulación son la rebaja del tipo impositivo del bingo, que pasa del 25 al 20% y la subida del tipo de gravamen de las apuestas, que pasa del 10 al 15%.

En el caso del bingo la disminución se fundamenta en el hecho de que este juego está sometido en Navarra a una especie de doble tributación: el impuesto sobre el juego propiamente dicho y un impuesto municipal sobre los premios obtenidos, circunstancia ésta que no se produce en el resto del Estado.

Sin embargo, el tipo de las apuestas sube del 10 al 15%, al considerarse que este tipo de juego, el qué más se está incrementando en los últimos años, tenía una situación tributaria "demasiado favorable" respecto a otros como el mismo bingo, las máquinas de juego o el juego realizado por Internet.

Asimismo, con esta modificación se regulan también las rifas y tómbolas con un tipo del 15%. No obstante, las tómbolas de entidades benéficas quedarán sujetas a un tipo especialmente reducido del 1%. A aquellas que disfrutaban de exenciones antes de la entrada en vigor de la Ley, se les aplicará además, una bonificación durante los 5 primeros años. El ejemplo más destacado es la Tómbola de Cáritas de Pamplona.

HACIENDAS LOCALES

El proyecto de ley que modifica la ley de Haciendas Locales reforma el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Así aunque el contribuyente de este impuesto es la persona vendedora, es práctica común que en los contratos de compra-venta de viviendas el pago de la plusvalía se haga recaer sobre el comprador, ya que en la norma figura como sustituto del primero. El cambio introducido en la ley reduce esa sustitución a un solo caso: que el vendedor sea una persona física no residente en España. En la práctica, ello hará que el pago de la plusvalía sea asumido por la persona vendedora.

También el proyecto de ley reforma algunos aspectos del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), entre ellos lo relativo al reparto de competencias entre ayuntamientos y Gobierno. Con la nueva redacción, los ayuntamientos, además de las competencias actuales, podrán encargarse de inspeccionar los hechos imponibles no declarados compartiendo esta potestad con el Gobierno de Navarra.

También se hace una apuesta por la transparencia haciendo más efectivo el carácter público del registro que, además, podrá consultarse por Internet. La Hacienda Tributaria de Navarra considera que este cambio puede redundar en una mayor eficiencia en la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida.

Finalmente, se clarifica la redacción de la norma en lo referido a los impuestos que deben abonar las autovías de 'peaje en la sombra', con el fin de "ratificar que éstas estarán sujetas al pago de contribución territorial y actualiza las tarifas del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica".