El TSJN autoriza la prórroga de las medidas restrictivas en Navarra hasta el final del estado de alarma

Actualizado: miércoles, 21 abril 2021 14:51

PAMPLONA, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha autorizado la prórroga de las medidas restrictivas adoptadas por el Gobierno foral hasta el fin del estado de alarma, el 9 de mayo. Así lo ha informado la consejera de Salud del Ejecutivo foral, Santos Induráin, en rueda de prensa.

En concreto, la Sala ha autorizado la orden foral de la consejera de manera que se mantiene el cierre del interior de la hostelería y de toda actividad en zonas interiores de establecimientos como bingos, salones de juegos y recreativos; el aforo comercial en medianas y grandes superficies continúa siendo del 30% -en donde no se podrá permanecer en las zonas comunes, ni hacer uso de las zonas recreativas-, y del 50%, en el pequeño comercio; y se mantiene la prohibición de celebraciones familiares, sociales, de amigos o de ocio, con consumo de comida y/o bebida, en el interior de los espacios multifuncionales para eventos.

Además, continuará vigente en Navarra la restricción de la movilidad nocturna, que queda prohibida entre las 23 y las 6 horas; el cierre perimetral de la Comunidad y la limitación de reuniones en el ámbito público y privado. Éstas podrán ser de hasta 6 personas en espacios públicos abiertos y de 4, en espacios públicos cerrados, salvo que se trate de personas de la misma unidad convivencial. En el ámbito privado, las reuniones se limitan a la unidad convivencial.

En un auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo señala que las medidas adoptadas en la Orden Foral 5/2021 y sus modificaciones "se consideraron necesarias y proporcionadas, dada la gravedad de la situación epidemiológica que existía en el momento de su adopción, en aras a la protección de la salud pública, estaban debidamente avaladas por razones y criterios de carácter epidemiológico y sanitario y reunían la nota de imprescindibilidad o necesidad".

"A la hora de ponderar las circunstancias existentes en este momento, para determinar si es necesaria o no la prórroga y modificación de las medidas, del informe de la Directora Gerente del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra se desprende que, si bien ha disminuido el número de contagios en un 23% menos que la semana previa, aún persiste un nivel de alerta muy alto, por ello es necesario continuar con las medias adoptadas y seguir monitorizando la situación para ver si las medidas adoptadas en el ámbito público y privado, así como la vuelta a la rutina tras los días festivos, confirman tal descenso", recoge la Sala.

Según indica, "también se incide en el impacto hospitalario que estos casos presentan, a la vista de la presencia muy mayoritaria de la variante inglesa del virus (98%)"; y que "el conjunto de medidas adoptadas actúa de manera sinérgica y está siendo efectivo para reducir los contagios y las hospitalizaciones".

Por ello, agrega el auto, "se considera necesario en este momento continuar con las medidas contempladas en la Orden Foral 5/2021 y sus sucesivas prórrogas y modificaciones, cuya prórroga se acuerda por la Orden Foral 12/2021, cuya autorización se solicita".

Para la Sala de lo Contencioso-Administrativo, las medidas "están debidamente avaladas por razones y criterios de carácter epidemiológico y sanitario y reúnen la nota de imprescindibilidad o necesidad".

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