Actualizado 21/12/2006 19:06

Crónica Consumidores.- El Congreso obliga por ley a que las empresas faciliten la baja de sus servicios

- Se prohíbe los redondeos en los aparcamientos y en las líneas telefónicas

MADRID, 21 Dic. (OTR/PRESS) -

A partir del mes de febrero las empresas estarán obligadas a facilitar la baja de sus servicios, con la entrada en vigor de la ley aprobada hoy en el Congreso por la que las empresas tendrán que poner las mismas condiciones para darse de alta que para rescindir el contrato. Además, el proyecto de ley de mejora de protección de los consumidores y usuarios prohíbe los redondeos en aparcamientos y telefonía, facilita las bajas de los servicios, obliga a las compañías aéreas a informar del precio final del billete y permite que el comprador de una vivienda no tenga que suscribir la misma hipoteca que tenía que el vendedor.

La nueva ley viene a cortar de raíz el entramado que tejen muchas empresas de telefonía e internet para rescindir sus servicios, y que dejan al consumidor impotente y maniatado para contratar con otra compañía. A partir de febrero, cuando un usuario quiera darse de baja de un servicio tendrá "las mismas" condiciones que cuando se dio de alta, "sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados", según detalló la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado.

Según destacó la ministra, "las empresas deberían saber que un buen servicio de atención al cliente ahorra muchas reclamaciones, trabajo para la propia empresa y utilización de recursos públicos que podrían emplearse en otros ámbitos".

Por otro lado, la misma norma prohibirá el redondeo en las tarifas en aparcamientos y telefonías de manera que tendrán que cobrar "en función del tiempo real de prestación del servicio", pactando el precio por minuto de estacionamiento. En servicios como la telefonía, la ley establece que la factura del móvil sea computada por segundos.

Respecto a las compañías aéreas y servicios similares, el proyecto de Ley obliga a que se informe del "precio completo, incluidos impuestos, o presupuesto, en su caso". Así, en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes y servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación u otras condiciones de pago similares.

En cuanto a la vivienda, el proyecto de Ley prohíbe que se trasladen los gastos que corresponden al vendedor como los impuestos en los que el sujeto pasivo es el vendedor o los gastos de conexiones a los suministros generales de la vivienda tales como el enganche del suministro de agua, gas, electricidad o el alcantarillado. También se prohíbe que la penalización al comprador en caso de que éste no subrogue la hipoteca que tenía el vendedor, y se establece así la libertad para elegir préstamo hipotecario.

INVERSION ELEVADA

La ministra de Sanidad y Consumo recordó que "la inversión que se realiza en la compra de la vivienda es la más elevada de las que se realiza a lo largo de la vida, y si a eso se añaden gastos que desconocemos o que se nos imponen sin correspondernos legalmente esta inversión se encarece indebidamente dificultándose el ejercicio que la Constitución reconoce".

Respecto al servicio de información y atención al cliente, el proyecto de Ley obligará a que haya "una atención personal directa, más allá de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance".

Durante el trámite en el Senado se incluyó la creación de un Fondo de garantía de bienes tangibles, como "organismo autónomo dependiente de la Dirección General de Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo". Además, en tres meses el Gobierno debería "regular reglamentariamente este fondo de garantía, estableciendo su régimen orgánico, las aportaciones para su financiación y los derechos de los depositantes". Sin embargo, esta enmienda fue rechazada en el Congreso.

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