- Recurren la sentencia del Supremo que anuló su absolución por un delito de desobediencia al no disolver Sozialista Abertzaleak
BILBAO/MADRID, 11 Dic. (OTR/PRESS) -
La defensa de los tres miembros de la anterior mesa del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Tribunal Supremo que el mes pasado anuló su absolución de un delito de desobediencia al no disolver Sozialista Abertzaleak. Los tres imputados consideran que con su resolución el Supremo viola los derechos fundamentales a la participación política y a la tutela judicial efectiva ya que vulnera la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria de la que gozaban al ejercer su actividad parlamentaria.
El pasado 7 de noviembre el Supremo anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que en noviembre de 2005 absolvió al ex presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, por un delito de desobediencia al no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, heredero de Batasuna, tal y como ordenó el propio Supremo.
El Alto Tribunal estimó así el recurso presentado por el sindicato de funcionarios Manos Limpias, al entender que no existe la inviolabilidad parlamentaria que argumentaba el TSJPV y obliga a este tribunal a pronunciarse sobre el fondo de asunto. Así decidió devolver las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia vasco para que vuelva a dictar sentencia contra Atutxa, el ex parlamentario de EA Gorka Knörr y la representante de EB Kontxi Bilbao.
En el recurso de amparo presentado el pasado jueves ante el Constitucional la defensa pide que, una vez que se admita a trámite, el tribunal acuerde "con la máxima urgencia" la suspensión inmediata del proceso penal ya que una nueva sentencia "no supondría sino reforzar y profundizar en la lesión de derechos fundamentales de manera definitiva e irreversible, restringiendo drásticamente la eficacia reparadora" del recurso.
El texto presentado ante el Constitucional señala que la vulneración de la inviolabilidad parlamentaria de los que fueran miembros de la mesa del Parlamento vasco supone a la vez la "directa vulneración" de su derecho a la participación política e "indirecta o mediatamente" el derecho a la participación política de los ciudadanos. Además recuerda que, a pesar de que en la actualidad dos de los demandantes no ostenten ya la condición de parlamentarios, la prerrogativa de inviolabilidad tienen "una eficacia que perdura aún después de haber cesado en su mandato".
LA VISIÓN RESTRICTIVA DEL SUPREMO
La defensa critica que el Supremo al "circunscribir la actividad parlamentaria protegida por la inviolabilidad a aquella actividad conducente a legislar, aprobar los presupuestos y controlar al Gobierno" tiene una "visión extremadamente pobre y equivocada de las funciones políticas" de los parlamentarios. Una visión excesivamente restrictiva que además, no tiene "ningún apoyo" en la Constitución, en los Estatutos ni en la jurisprudencia constitucional.
El recurso también denuncia que el Supremo incurre en un "error de bulto grave y potente" y al confundir la prerrogativa de la inviolabilidad con el control jurisdiccional de los acuerdos de la Cámara, ya que se trata de dos cuestiones diferentes que no guardan entre sí "la menor conexión lógica".
Argumenta que las actividades de la Mesa que quedan protegidas por la inviolabilidad son aquellas en las que sus miembros realizan funciones específicamente parlamentarias "entendiendo por tales las que hacen las que hacen relación directa o inmediata con el funcionamiento de la Cámara en cuanto institución representativa" y en este sentido apunta que calificar la actividad de los miembros de la Mesa "como de carácter administrativo" supone "un craso error".