- El próximo año el tiempo medio de espera para el cobro será de unos treinta días desde la solicitud
MADRID, 20 Nov. (OTR/PRESS) -
La Agencia Tributaria empezará a pagar hoy los 2.500 euros por nacimiento o adopción de hijos para aquellos que lo soliciten. De aquí a final de mes se abonarán las 55.000 primeras solicitudes y se espera que a fin de año 120.000 familias habrán recibido el pago. A partir de 2008 se calcula que el tiempo medio de espera para el cobro será de unos treinta días desde el momento de la solicitud.
Las nuevas solicitudes podrán presentarse por Internet con firma electrónica a través de la página www.agenciatributaria.es, en las oficinas de la Agencia Tributaria o a través del teléfono 901 200 345. El centro de atención telefónico ha sido reforzado y podrá recibir hasta 15.000 llamadas diarias.
Los beneficiarios que ya hayan presentado la comunicación de la solicitud a través del modelo 140 o el 141 no tienen que realizar ningún trámite añadido y serán los primeros en recibir las ayudas. Hasta el momento se han comunicado 142.331 nacimientos o adopciones.
La ayuda se realizará en un pago único de 2.500 euros por cada nacimiento de hijo o adopción realizada en España a partir el día 1 de julio. Se realizará como deducción del IRPF en abono único o como prestación económica no contributiva.
Con carácter general la beneficiaria de la deducción o prestación será la madre. Podrá ser beneficiario el padre en caso de fallecimiento de la madre sin haber solicitado el abono o bien cuando haya una cesión del derecho de cobro. En todo caso el beneficiario, tanto español como extranjero, debe haber residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español los dos años inmediatamente anteriores al nacimiento o adopción.
La Ley también prevé una prestación de la Seguridad Social en pago único de 1.000 euros más, en los casos de adopción o nacimiento si se es familia numerosa, familia monoparental con una única fuente de ingreso, o si la madre padece una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
Los beneficiarios de esta prestación tendrán que acreditar unos ingresos no superiores a los 11.000 euros. Esta cuantía aumenta en las familias numerosas y por el número de hijos a su cargo. La solicitud de la prestación en estos supuestos tiene que presentarse a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
COMO SOLICITAR LA AYUDA
Los beneficiarios que trabajen por cuenta propia o ajena y que estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente podrán solicitarlo presentando el modelo 140 o el modelo 141 si vive en Navarra o el País Vasco.
La solicitud sólo se puede cumplimentar tras la inscripción del nacimiento o adopción en el Registro Civil. Una vez inscrito, los modelos 140 y 141 pueden conseguirse en la web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, en todas sus oficinas y en los Registros Civiles.
Se pueden presentar: por Internet en la página de la Agencia con el Número de Identificación Fiscal (NIF) y certificado de usuario para la firma electrónica, o llamando al centro de atención telefónico de la Agencia Tributaria (901 200 345) y comunicando el NIF, número de cuenta bancaria, número de afiliación de la Seguridad Social o Mutualidad e importe de la casilla 681 del IRPF del año anterior. Además de los datos de inscripción en el Registro Civil.
Si desean entregar la solicitud por correo se puede enviar al Apartado de correos número 30.000 de la Delegación Provincial correspondiente o bien entregarlo personalmente en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria. El modelo 141 también se puede presentar en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social.