SEVILLA 8 Ene. (EUROPA PRESS) -
El secretario general en la región andaluza de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), Rafael Caamaño, aseguró hoy que la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía "no puede excluir" de la renovación de los conciertos educativos para el próximo curso escolar 2009/2010 a los once centros que actualmente están sujetos a una distinción de sexo.
En declaraciones a Europa Press, Caamaño aseguró "no tener noticias" de que estos once centros "vayan a tener problemas para renovar sus conciertos", ya que en las reuniones mantenidas con responsables del departamento de Teresa Jiménez "no se ha percibido ninguna actitud beligerante" en este sentido.
Al hilo de ello, instó a analizar la Disposición Adicional 25 de la Ley Orgánica de Educación (LOE), en la que se indica que "tendrán prioridad y preferencia los centros que practiquen la coeducación en todos los niveles, respetando los convenios internacionales suscritos", por lo que "queda claro que no se excluye a nadie y sólo se da prioridad y preferencia".
Así, Caamaño aseguró que Educación "va a seguir respetando la renovación de los conciertos a aquellos centros que practican la segregación por sexo actualmente --los once anteriormente citados--", mientras que los centros en coeducación "tendrán preferencia sobre los colegios con segregación por sexo que no estén renovando el concierto, sino que lo pidan por primera vez".
La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía no renovará para el próximo curso escolar 2009/2010 los conciertos educativos a aquellos centros públicos y privados concertados cuyo alumnado está sujeto a una distinción de sexo, unas condiciones que actualmente se mantienen en once centros andaluces.
Así, el departamento que dirige Teresa Jiménez publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del pasado día 5 de enero la orden por la que establece las normas que regirán la convocatoria para solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación de los mismos a partir del curso académico 2009/2010.
La resolución, consultada por Europa Press, recoge en el punto 17 una serie de obligaciones de las personas física o jurídicas titulares de los centros y, concretamente en su apartado cinco, señala que "la persona física o jurídica titular del centro se obliga al cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente sobre escolarización del alumnado, especialmente en lo relativo a la no discriminación por las razones que en dicha normativa se contemplan en desarrollo del artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo".
Consultando este artículo, el mismo señala, en referencia a la admisión de alumnos y la escolarización en centros públicos y privados concertados, que "en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Así, los once centros que actualmente discriminan por razón de sexo son, en Sevilla, los centros Ángela Guerrero, Albayda, Ribamar y Altair, además de Nuestra Señora de Lourdes (Carmona); en Córdoba Ahlzahir y Zalima, en la capital, y Torrealba (Almodóvar del Río) y Yucatal (Posadas); en Almería el centro de FP Campomar (Aguadulce), y en Granada El Soto de Chauchina.