Archivo - Niños en el patio - Fernando Sánchez - Europa Press - Archivo
MADRID, 8 May. (EUROPA PRESS) -
Las ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2026-2027 se podrán solicitar desde las 08.00 horas del próximo 19 de mayo hasta las 15.00 horas del 10 de septiembre, ambos inclusive.
Así lo refleja el extracto de resolución por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2026-2027, recogido por Europa Press y publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que presenten necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales, o TEA y que se encuentren cursando estudios en un centro específico, en una unidad de educación especial de centro ordinario o en un centro ordinario que escolarice alumnos que presenten necesidad específica de apoyo educativo en Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos formativos de grado básico, Ciclos formativos de grado medio y de grado superior, Enseñanzas artísticas profesionales, Programas de formación para la transición a la vida adulta, y otros programas formativos de Formación Profesional.
Asimismo, podrán solicitar las ayudas los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades escolarizados en Primaria, Secundaria, Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior y Enseñanzas Artísticas Profesionales.
Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección 'www.educacionyfp.gob.es' o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la dirección 'https:// sede.educacion.gob.es'.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal, en el caso de ser menor de 18 años, con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.
No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
Las cuantías de las ayudas son de hasta 862 euros para enseñanza; de hasta 617 euros para transporte interurbano; de hasta 574 euros para comedor escolar; de hasta 1.795 euros para residencia escolar; de hasta 442 euros para transporte para traslada de fin de semana de alumnos internos de centros de educación especial; de hasta 308 euros para transporte urbano; de hasta 105 euros para libros y material didáctico en Primaria, ESO, FP Básica, formación para la transición a la vida adulta y otros programas formativos de FP); de hasta 204 euros para libros y material didáctico en el resto de niveles de la enseñanza postobligatoria; de hasta 913 euros para reeducación pedagógica o del lenguaje; una cantidad máxima de 913 euros asociada a altas capacidades; y un subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general de 400 euros.
La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse a través de la dirección electrónica 'https://sede.educacion.gob.es', en el apartado 'Mis expedientes'. Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provincia correspondiente identificándose como interesados en el expediente con el NIF o NIE correspondiente.