Lobos. - Europa Press/Contacto/Walter G. Arce Sr.
MADRID, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno de Asturias ha rechazado este martes en una vista en el Tribunal Supremo el recurso de casación de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) presentado por una sentencia relativa a su gestión del lobo ya que las resoluciones juzgadas no están en vigor y porque la situación de la especie ha cambiado tras la entrada en vigor de la Ley de Desperdicio Alimentario, que en la práctica bajaba su protección.
En concreto, el letrado del Principado de Asturias ha criticado que el recurso pretende dirimir si un "hipotético cupo" de extracción de lobos establecido por la comunidad autónoma incumple una norma --la inclusión del lobo en el LESPRE-- que estaría "tácitamente derogada" tras la entrada en vigor de la Ley de Desperdicio Alimentario el año pasado, según ha defendido durante la vista haciendo referencia a un pronunciamiento de la Audiencia Nacional.
De esta manera, Asturias ha defendido "la pérdida de identidad del objeto" del recurso de casación, lo que podría llevar a una inadmisión o desestimación del recurso ya que el Alto Tribunal no se pronunciaría sobre un asunto que ya ha quedado resuelto por un cambio normativo, como a su juicio ocurre en este caso.
Por otro lado, el letrado ha rechazado que se "trate de asimilar" la situación en Asturias con la de La Rioja --donde el Tribunal Supremo Autonómico anuló el cupo máximo de extracción de lobos del 6%-- y ha incidido en que de todas formas las resoluciones de la justicia asturiana que se pretenden casar no se encuentran en vigor. Mientras lo estuvieron, ha resaltado que la comunidad autónoma "sólo intentó la extracción de un ejemplar" y respetó la legislación cuando el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) dijo que no tenía datos para evaluar el caso.
UN "CUPO DEL 9%" PARA EXTRACCIÓN DE LOBOS
La sentencia contra la que ASCEL ha presentado el recurso de casación dice que no hay "nada" en el Programa Anual de Actuaciones de Control del Lobo 2022-2023 y de los métodos de control establecidos en el II Plan de Gestión del Lobo en el Principado de Asturias que permita "deducir" que estas normas son contrarias al LESPRE.
Durante la vista, la letrada de ASCEL ha recordado que el lobo fue incluido en el año 2021 en el LESPRE. De acuerdo con la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, sólo hay una serie de excepciones por las cuales la Administración General del Estado o la comunidad autónoma en el ámbito de sus competencias podría autorizar extraer lobos (o cualquier otra especie incluida en el Listado).
Todas estas excepciones dependen de que la extracción del ejemplar no perjudiquen el mantenimiento de un estado favorable de las poblaciones afectadas y si no hubiera otra solución "satisfactoria". A juicio de ASCEL, Asturias establecía un "cupo" de extracción máxima de lobos del "9%" antes de ver si se cumplían los requisitos para justificarlo. "Este cupo es incompatible con la normativa y con la jurisprudencia", ha subrayado.
Además, ha resaltado que la Ley de Desperdicio Alimentario que entró en vigor a mediados de 2025 sólo sacaba del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) a las poblaciones del lobo al norte del Duero. Sin embargo, ha recalcado que no hay una orden "expresa" para derogar la Orden ministerial que incluye al lobo en el listado de especies protegidas. Además, ha añadido que de todas maneras la Ley de Desperdicio Alimentario está recurrida ante el Tribunal Constitucional.
De acuerdo con el auto, la asociación animalista entiende que la sentencia otorga a la Administración un "margen de maniobra y discrecionalidad del que carece" a la hora de establecer excepciones para extraer lobos. A su juicio, el establecimiento de cupos abre la puerta a "autorizaciones automáticas y genéricas" para la caza de estos animales, algo que "choca frontalmente" con los criterios establecidos en el nuevo régimen de protección del lobo para otorgar autorizaciones de captura "individualizadas y selectivas".