La Audiencia de Albacete condena a 10 años de prisión al autor de una agresión sexual a una niña de 5 años

Actualizado: miércoles, 18 noviembre 2009 20:01

ALBACETE, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a M.T., de nacionalidad marroquí y 21 años de edad, residente en Caudete (Albacete) y sin antecedentes penales conocidos, a 10 años de prisión por considerarle autor de un delito de agresión sexual agravado.

Además, la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, lo prohíbe acercarse a la víctima o contactar con ella por un periodo de 20 años y le obliga a indemnizarla en la cantidad de 18.000 euros.

La sentencia considera como hechos probados que, a finales de mayo de 2008, O.E.B., como consecuencia de tener que trabajar fuera de casa, pide a M.B.E.O., súbdita magrebí y de la que sabía que había cuidado en otras ocasiones a niños, que cuidara de sus dos hijos pequeños --siendo la mayor la víctima, de 5 años-- haciendo de canguro.

Llegaron a un acuerdo y O.E.B. dejó a sus hijos en casa de M.B.E.O., donde también residía M.T. La sentencia contempla que, en fechas no determinadas, entre junio y julio de 2008, M.T., actuando en compañía de otra persona menor de edad, "con ánimo de satisfacer sus impulsos sexuales", aprovechando que su tía dormía o veía la televisión, se llevaba a la víctima a su habitación y cerraba la puerta con cerrojo por dentro. El agresor desnudaba a la víctima de cintura para abajo y diciéndole "vamos a jugar a hacer el amor".

Entonces, "le tocaba sus partes íntimas" ante lo cual la menor manifestaba "que no quería seguir, que le hacía daño y que se quería marchar", ante lo que M.T. le decía que esperara o que "se enfadaría mucho", llegando incluso a morderle a la pequeña una vez en un gemelo.

La pequeña contó a su madre lo que sucedía el 21 de julio, por la noche, y ésta al día siguiente la llevó al Servicio de Urgencias del Hospital de Almansa, donde un facultativo emitió un parte médico con el que la madre presentó la denuncia, el 24 de julio. A consecuencia de los hechos relatados, la joven sufrió lesiones consistentes en zona eritematosa en introito, sin sangrado, y equimosis en zona posterior de la pierna, como consecuencia del mordisco propinado por su agresor.

La Audiencia, en la sentencia, considera los hechos probados como constitutivos de un delito de agresión sexual, por lo que le ha impuesto la pena que contempla el fallo. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación.