Los conductores sancionados por no llevar carné o carecer de él no tendrán que esperar dos años para obtenerlo

Actualizado: miércoles, 11 junio 2008 11:27


MADRID, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los conductores que sean sancionados por conducir sin el carné no tendrán que esperar dos años para poder obtener el permiso, porque el artículo de la Ley de Seguridad Vial de 1990 que así lo contemplaba ha quedado "derogado de facto", según informó hoy en el Senado el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

A preguntas del senador socialista Francisco Jiménez Araya, Rubalcaba explicó que cuando el Gobierno modificó el Código Penal en materia de delitos del tráfico surgió "una contradicción" con la citada Ley de Seguridad Vial por que en virtud de la reforma los conductores sancionados por no tener carné pueden presentarse a obtenerlo incluso al día siguiente.

"Nuestros servicios jurídicos entienden que prima el Código Penal y por tanto, hay que considerar derogado de facto el artículo" y "a partir de ahora, quien conduce sin carné está cometiendo un delito que tendrá la sanción correspondiente, pero no estará dos años" sin poder presentarse para obtener el permiso, aseguró el ministro.