Entra mañana en vigor el acuerdo que obliga a operadores audiovisuales a informar sobre contenidos de sexo o violencia

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Europa Press Sociedad
Publicado: miércoles, 9 septiembre 2026 9:51

MADRID 9 Sep. (EUROPA PRESS) -

El nuevo sistema de clasificación por edades y etiquetado de contenidos audiovisuales que deberán utilizar los operadores para reforzar la protección de los menores informando sobre contenidos de sexo o violencia entra en vigor este jueves, 10 de septiembre, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El nuevo sistema es fruto del acuerdo entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y los principales agentes del sector audiovisual.

El acuerdo establece un modelo homogéneo de clasificación por edades y descriptores de contenido, aplicable a televisión, servicios bajo demanda e influencers que tengan la condición de usuarios de especial relevancia (UER), que permitirá a los espectadores tomar decisiones más informadas y facilitará el uso de herramientas de control parental.

El nuevo sistema incorpora un nuevo Código de Conducta para la calificación de los programas y contenidos audiovisuales y sistema de descriptores, previsto también en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que establece el marco común para los diferentes operadores audiovisuales con el fin de reforzar la protección de las personas menores de edad y ofrecer a los usuarios información más clara sobre dichos contenidos y programas. Dicho código de conducta prevé también sanciones para los incumplidores.

El Código mantiene la gradación por edades aprobada a partir del anterior Código de Autorregulación y recogida en la LGA (TP, +7, +12, +16, +18, X) con unas directrices comunes para su aplicación, y establece además un sistema de descriptores (sexo, violencia, conductas reprochables, adicciones, lenguaje inadecuado).

De acuerdo con la normativa audiovisual, los prestadores del servicio de comunicación audiovisual están obligados a facilitar información suficiente a los espectadores sobre los programas. Más en concreto, los programas emitidos por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo, lineal o a petición, deben disponer de una calificación por edades, visible en pantalla "mediante indicativo visual y fácilmente comprensible por los espectadores".

Por lo que se refiere a los contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores, cuando contengan escenas de violencia gratuita o pornografía no pueden ser emitidos en abierto, y en el caso de las plataformas bajo demanda deben ofrecerse en catálogos separados del resto de programas.

Además, los programas que no contengan esos contenidos de pornografía o violencia extrema, pero sí deban considerarse por su contenido para mayores de 18 años, solo pueden emitirse entre las 22 y las 6 horas.

Con la entrada en vigor del acuerdo, cualquier persona que observe falta de calificación en los programas y contenidos, o una calificación inadecuada de los mismos, podrá presentar reclamación por incumplimiento del Código de Conducta.

No así cuando el incumplimiento provenga de una plataforma de Internet, que por el momento quedan fuera del acuerdo, o de alguna de las plataformas de streaming que finamente no lo han firmado. En esos casos, habrá de seguirse la vía de denuncia administrativa de acuerdo con la LGA y el Reglamento de Servicios Digitales.

El código, que contempla la posibilidad de sanción contra los incumplidores, dispone asimismo de una comisión de seguimiento del cumplimiento de los compromisos asumidos por los firmantes; establece mecanismos de consulta previa por parte de los prestadores, con el fin de determinar la calificación correcta para sus contenidos, y garantiza la participación de la sociedad civil para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tanto del Código de Conducta como de la LGCA.

En este sentido, las organizaciones sociales firmantes se han comprometido a participar en la revisión de las reclamaciones; a asumir las funciones derivadas de su participación en la comisión de seguimiento, y a elaborar los informes de evaluación de funcionamiento del Código, que deberán aprobar los prestadores firmantes.

FIRMA DEL ACUERDO

El acuerdo fue suscrito por la CNMC junto con los principales agentes del ecosistema audiovisual, entre los que se hallan los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal, entidades como FORTA o Autocontrol, además de organizaciones de consumidores y usuarios, como AUC, iCmedia o Plataforma de Organizaciones de Infancia.

Los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal, incluyendo a los usuarios de especial relevancia, deben estar adheridos a un sistema de regulación como el establecido en este acuerdo. En caso contrario, la CNMC podrá iniciar actuaciones sancionadoras desde el día siguiente a la firma del acuerdo.

En el ámbito autonómico, la adhesión al acuerdo se producirá de forma progresiva. Cuando una comunidad autónoma se adhiera, permitirá que los prestadores bajo su supervisión --principalmente televisiones autonómicas y locales-- puedan incorporarse al sistema.

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