EpC.- La Fiscalía andaluza pide desestimar la demanda de una familia de Huelva por no ver "adoctrinador" un manual

Actualizado: lunes, 24 agosto 2009 17:11

SEVILLA, 24 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Superior de Andalucía solicitó hoy la desestimación de la demanda presentada por la familia Flores Cano, natural de Bollullos Par del Condado (Huelva), contra el manual de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) de la editorial McGraw-Hill, que se imparte en el colegio de su hijo, por considerar que el contenido del citado libro "no tiene carácter adoctrinador".

En el recurso de la familia ovetense, admitido a trámite por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el pasado mes de junio, también figuraba la retirada de las resoluciones dictadas por la Consejería de Educación andaluza --que la Fiscalía considera que están "ajustadas a la legalidad"--, así como la solicitud de eximir al menor de la obligación de asistir a las clases de dicha materia.

El dictamen entregado en los juzgados por la Sección Territorial de Sevilla, consultado por Europa Press, indica que el temario se "ajusta a la regulación legal". Además, señala la selección del material debe responder a la neutralidad, con lo cual, a primera vista, considera que el libro seleccionado por el centro de Bollulos Par del Condado "responde a esa neutralidad que se prodiga de los centros públicos".

Asimismo, añade que también se ha de tener en cuenta respecto a la neutralidad ideológica la labor del profesor, del que "no se aporta ningún dato objetivo por parte de la familia". En este sentido, el Fiscal considera que para determinar si el libro incurre en el adoctrinamiento que se denuncia, la valoración del tema se tendrá que hacer "en su conjunto" para poder determinar si la información que transmite el autor es objetiva, crítica y plural.

"La trascendencia ideológica y religiosa que los demandantes observan en el contenido del libro se minimiza con el debate y la reflexión posterior a la que invita el libro, contribuyendo ello a no solapar las propias convicciones", afirma.

Ante la petición de la familia de que una vez se declare el carácter adoctrinador del manual se exonere al menor de asistir a clase y ser evaluado de la asignatura, el fiscal no procede a entrar en la cuestión planteada, y apunta al fundamento jurídico de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado febrero, que indicaba que el deber de cursar la asignatura de EpC "es un deber jurídico válido".

Y de ello deriva, según el fiscal, la obligación del alumnado, en tanto menores de 16 años, de asistir a clase y de superar, como ocurre con las demás asignaturas, los contenidos mínimos que son exigibles; por lo que el Fiscal se encuentra con una petición "ya resuelta judicialmente y por tanto con valor de cosa juzgada".