SEVILLA 9 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía Superior de Andalucía ha solicitado la desestimación de la medida cautelar requerida por la familia Flores Cano, de Bollullos Par del Condado (Huelva), relativa a que se exima a su hijo de asistir a clase y de ser evaluado de la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) por considerar que el manual elegido por el centro escolar contiene "innumerables contenidos adoctrinadores".
En este sentido, esta familia de Bollullos Par del Condado amparaba su petición, de una parte, en la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la materia, y de otra, en los derechos a la libertad ideológica y a la libre elección de la educación moral que desean para sus hijos, derechos reconocidos en los artículos 16 y 27.3 de la Constitución Española.
Según argumenta la Fiscalía en su dictamen, entregado a los juzgados por la Sección Territorial de Sevilla y consultado por Europa Press, corresponde al profesor la planificación y simplificación del contenido del manual, siendo el referido profesor el que asume frente a sus alumnos el deber de garante para que las informaciones o conocimientos que figuran en el programa de estudios se difundan de manera objetiva y crítica, "permitiendo el debate, la participación, y el desarrollo de un sentido crítico respecto a los hechos debatidos y con pleno respeto a las convicciones morales e ideológicas de los alumnos".
En este sentido, asegura que "parece en una primera aproximación que el libro no suprime en modo alguno el debate que resulta necesario para no limitar o solapar nuestras propias convicciones", añadiendo que, "caso contrario, estaríamos ante un sistema educativo manipulador y adoctrinador, con franco quebranto a los derechos individuales protegidos constitucionalmente y fácilmente denunciable por hechos concretos".
Asimismo, señala que, desde la óptica del derecho del menor a obtener la titulación académica correspondiente a la Educación Secundaria, "conocido es que para ello será necesario superar las pruebas de aptitud de las asignaturas del ciclo correspondiente, entre ellas EpC", por lo que de eximirlo de ello "se le niega toda posibilidad de participar en una asignatura cuya enseñanza es obligatoria".
Al hilo de ello, insta a considerar "la valoración de los perjuicios que podría sufrir, no sólo el menor afectado, sino el resto de los menores que están cursando la asignatura y los que actualmente son compañeros de estudio del menor".
OTRAS ALTERNATIVAS PARA RECUPERAR LA ASIGNATURA
Además, señala que "es cierto que la medida cautelar se puede solicitar en cualquier fase del procedimiento y que para su adopción no es necesario aguardar a que se haya producido la lesión a un derecho fundamental a través de un efectivo adoctrinamiento", pero considera que, "dada la altura del curso escolar, existen otras alternativas para el menor que le permitan recuperar la asignatura, si está preparado, o bien en septiembre, tiempo en el que los propios padres pueden proveerse del material que estimen adecuado dando a su hijo la posibilidad de participar en los referidos exámenes de actitud".
Por todo ello, y a la vista "de que no se ha aportado por los recurrentes un minimun fáctico en el que apoyar sus pretensiones, teniendo en cuenta la existencia de otras alternativas en las que el menor puede superar la asignatura, y de acuerdo con el principio del interés superior del menor", la Fiscalía Superior de Andalucía interesa la desestimación de la medida cautelar solicitada.
Hay que recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el primer recurso presentado por la familia Flores Cano, de Bollullos Par del Condado (Huelva), contra los manuales de la asignatura, de la editorial McGraw Hill, por considerarlo "adoctrinador y contrario a la neutralidad ideológica que supuestamente debe mantener la polémica asignatura".
Según explicó el Foro por la Familia en una nota, tras las sentencias del Tribunal Supremo (TS) denegando la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía (EpC), pero advirtiendo a los padres el deber de "vigilar por el no adoctrinamiento en las aulas y en los libros de la citada materia", la familia inició un recurso contencioso administrativo al TSJA para impugnar el manual.