Feaps considera "delicado" decidir la esterilización de una discapacitada y explica que es la última solución

Europa Press Sociedad
Actualizado: sábado, 4 febrero 2006 12:48

SEVILLA 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Organizaciones en favor de las Personas con Discapacidad Intelectual (Feaps) en Andalucía puso en evidencia la "complejidad y delicadeza" de decidir una esterilización para una mujer discapacitada y subrayó que debe ser el juez quien debe determinar en última instancia que esta medida es la última opción y no se vulneran los derechos fundamentales de la persona.

De esta manera, la Federación aludía a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número Ocho de Sevilla adelantada por Europa Press que rechaza la solicitud de la Junta de Andalucía de esterilizar a una menor con una discapacidad intelectual y afectada de hipersexualidad por considerarlo una medida "cómoda y barata" de la Administración autonómica, un criterio "lamentable" según la Junta tras aportar informes y garantizar que el objetivo es velar por el interés de la menor que padece esta conducta que le impide controlar su sexualidad.

Según explicó a Europa Press el asesor jurídico de Feaps- Andalucía, Torcuato Recover, la esterilización en una persona que no puede decidir por sí misma supone una invasión sustancial en un derecho fundamental de la personas, no sólo en su sexualidad sino al intervenir de forma quirúrgica y por ello la ley reserva la decisión a un juez. "Tiene que valorar que es la única decisión posible y cuando no cabe ninguna otra medida para prevenir el embarazo con otros sistemas mas normalizados o menos agresivos, bien farmacológicos o con la ayuda y atención de cuidadores".

Recordó que una gran cantidad de organizaciones que pertenecen a Feaps admiten la posibilidad de que las personas discapacitadas intelectualmente puedan tener actividad sexual como cualquier otra persona y por ello preguntó quién está capacitado para decidir que no pueden hacerlo o impedir el derecho de maternidad a estas personas.

Recover afirmó que en anteriores ocasiones ha presentado solicitudes para la esterilización de mujeres "cuando los otros medios normales de prevención de anticoncepción estaban contraindicados" y no se podía contar con la voluntad de la mujer.

Por todo ello, confió en la capacidad de la Justicia para decidir lo adecuado y garantizar los derechos más íntimos de una persona que no puede decidir por su propia voluntad, al igual que por ejemplo es la autoridad judicial quien determina el internamiento de una persona con una enfermedad mental grave. "Sin duda, se puede equivocar, pero es el que tiene la legitimidad", concluyó.

LOS HECHOS

La menor, natural de Sevilla capital y ahora en mayoría de edad, estaba protegida por la Junta desde 1999 y con la guarda de su abuela. Por su discapacidad, la Junta solicitó al juzgado la incapacitación y, por la conducta de hipersexualidad, la esterilización en una decisión "avalada con informes de profesionales de salud, planificación familiar y de su médico personal" para garantizar la seguridad e integridad física de la menor.

Sin embargo, según la resolución judicial notificada a la Junta y relatada a Europa Press, el Juzgado acepta la incapacitación pero no acuerda la autorización judicial para la operación de ligadura de trompas que el médico sí consideraba adecuada y dice que lo va a comunicar al hospital porque valora que la petición de la Junta responde a un medida "cómoda y barata".

Asimismo, la sentencia añade que el Juzgado va a poner en aviso a todos los hospitales por si la Junta lo intentara, aún sin contar con esa autorización judicial.

Ante la resolución, la delegada provincial de Igualdad y Bienestar Social, María José Castro, consideró "cuanto menos lamentable que se haga referencia a criterios de comodidad" y aseguró que "velamos en todo momento por el interés de la menor, con una problemática muy concreta y perfectamente justificada".

Asimismo, acusó a la autoridad judicial de demostrar "falta de confianza" en una administración pública "porque se pone en duda la capacidad de la administración no sólo para la toma de decisión sino, por si acaso, acudiera a los hospitales con la menor para someterla a la operación sin la pertinente autorización judicial, procedimiento que la Administración jamás haría".

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