MADRID, 11 May. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros aprobó hoy sendos reales decretos por los que se regula el nivel mínimo de protección de la Ley de Dependencia, la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los cuidadores familiares, así como su compensación económica.
El mecanismo de financiación contempla una aportación a las comunidades autónomas de hasta 250 euros por cada dependiente valorado. Esta cantidad que se verá completada por una aportación similar de las administraciones autonómicas y los acuerdos económicos, hasta alcanzar los 1.014 euros mensuales por beneficiario en los casos más graves.
Con ello, el Gobierno pretende garantizar el nivel mínimo de protección en todo el estado para asegurar la igualdad de los ciudadanos. La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega aseguró tras el Consejo de Ministros que los primeros 200.000 beneficiarios percibirán las ayudas "en las próximas semanas".
SEGURIDAD SOCIAL DE LOS CUIDADORES FAMILIARES
Por otra parte, los cuidadores familiares de personas dependientes se integrarán en el régimen general de la Seguridad Social, concretamente los casos de cónyuges, parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado de parentesco. Según el Real Decreto aprobado hoy, los cuidadores podrán percibir una compensación económica de hasta 487 euros y serán dados de alta. El coste de la cotización (hasta 74 euros) será asumido por el Estado.
De la Vega apuntó que el 83 por ciento de las personas que atienden a los dependientes son miembros de su familia, en su mayoría mujeres.
Con la aprobación de este real decreto, los cuidadores podrán acceder a las prestaciones del resto de los trabajadores y recibirán formación básica para el trabajo que realizarán. Por su parte, la base mensual de cotización en el convenio especial será el tope mínimo que se establezca en el régimen general.
Cuando el cuidador no profesional haya interrumpido una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia por la que hubiera estado incluido en el sistema de la Seguridad Social para atender a un familiar dependiente, podrá mantener la base de cotización del último ejercicio en dicha actividad.
A efectos de la financiación total o parcial de las acciones, se cotizará por formación profesional en una cuantía equivalente al 0,2 por ciento aplicable a la base de cotización.
La inclusión de estas personas en la Seguridad Social se hará mediante la firma de un convenio especial que no precisará de la acreditación de periodo de cotización previo. La firma de este convenio no será necesaria en el caso de que los cuidadores perciban la prestación por desempleo, jubilación, incapacidad y viudedad o disfruten de excedencia en su trabajo por cuidado de familiares.
"GRANDES ESPERANZAS" DE LAS FAMILIAS
"Estamos trabajando deprisa y con eficacia porque somos conscientes de que un millón largo de familias han puesto grandes esperanzas en esta ley", destacó la vicepresidenta en rueda de prensa. De la Vega recordó que esta norma garantiza el derecho de todos los españoles a contar con ayuda para autonomía personal.
La Ley contempla un catálogo con los siguientes servicios: prevención y promoción de la autonomía personal, teleasistencia, ayuda a domicilio (entre 70 u 80 horas mensuales para los casos más graves), centro de día y de noche y atención residencial.
Además, se reconoce una prestación económica para que la persona pueda adquirir el servicio en el mercado privado y para contratar un cuidador, de hasta 780 euros. Según De la Vega, estas cantidades se aumentarán cada año al mismo ritmo que el IPC.