El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, a su llegada a una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a 13 de enero de 2026, en Madrid (España). El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un anteproyecto de ley - Marta Fernández - Europa Press
MADRID, 21 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno sostiene que el proyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación "carece de impacto sobre la economía en general" y que tampoco conlleva un "impacto económico significativo" para los medios de comunicación digitales e 'influencers'.
Así consta en la 'Memoria del análisis de impacto normativo', a la que ha tenido acceso Europa Press, tras la aprobación el pasado 13 de enero por parte del Consejo de Ministros, en segunda vuelta. El proyecto de Ley Orgánica reguladora del Derecho de Rectificación sustituirá la ley vigente, de 1984.
En relación con la obligación de provisión de canales de tramitación de las solicitudes de rectificación que se imponen a los medios de comunicación digitales, y de informar públicamente, en lugar visible, de los medios a través de los cuales se podrá ejercer el derecho por parte de los 'influencers', el Ejecutivo estima que "estas medidas tampoco conllevan un impacto económico significativo para estos sujetos".
Según el Gobierno, en el caso de los medios de comunicación digitales "no es previsible que el coste de implantación de estos canales afecte de manera relevante a la estructura de costes de estas empresas, ello atendiendo al coste intrínseco de la implantación de estos canales y al hecho de que buena parte de ellas ya tienen implantados canales electrónicos de comunicación con el público".
En cuanto a los 'influencers', considera que no afectará a sus costes "atendiendo a la sencillez de la obligación -de carácter meramente informativo- y de la aptitud de cualquier medio que permita acreditar la remisión y recepción de la solicitud de rectificación.
Por otro lado, no se espera que la ley tenga efectos sobre la competencia. "Las medidas que recoge la norma, aun cuando su aplicación pueda conllevar un cierto coste económico para los medios digitales, no tendrían potencialidad suficiente como para limitar el número o la variedad de los operadores en el mercado, o su capacidad para competir y tampoco reducirían los incentivos que los operadores tienen para competencia", sostiene.
IMPACTO EN LA INFANCIA
En cambio, el Gobierno sí cree que el proyecto de Ley Orgánica tiene un "impacto positivo" en la infancia y en la adolescencia, "en la medida en que se amplía el reconocimiento de su autonomía en este ámbito". En concreto, se establece que los menores de edad podrán ejercitar el derecho por ellas mismas, "si sus condiciones de madurez lo permiten, y además se recoge expresamente la presunción de que una persona menor mayor de dieciséis años tiene madurez suficiente a estos efectos".
Una de las novedades consiste en la ampliación del elenco de sujetos que pueden ejercer el derecho de rectificación cuando el perjudicado sea una persona fallecida, que la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, limita a "sus herederos o los representantes de éstos", y que la reforma extiende también a varios de los familiares del finado (a su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, descendientes, ascendientes y hermanos), además de a la persona que aquel hubiera designado expresamente.
"De esta forma, se confiere relevancia en el ejercicio del derecho al conjunto de miembros que integran la familia próxima del fallecido", sostiene el Gobierno en la 'Memoria del análisis de impacto normativo'.
En materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, asegura que la norma tendrá un impacto "positivo" en la medida en que "aclara expresamente el régimen de ejercicio del derecho por las personas con discapacidad".
En segundo lugar, el Ejecutivo explica que se prevé que el mecanismo con el que deben contar los medios de comunicación digitales para la remisión directa e inmediata del texto o del contenido de la rectificación sea universalmente accesible. Asimismo, se dispone que la rectificación deberá publicarse en formatos universalmente accesibles.