El juez acuerda el sobreseimiento del 'caso Windsor' al estimar que no existe responsabilidad penal

Actualizado: martes, 31 enero 2006 17:02


MADRID, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid ha acordado el sobreseimiento y archivo del 'caso Windsor', derivado del incendio de la torre en la madrugada del 13 de febrero de 2005, al estimar que no aparece "debidamente justificada la perpetración de infracción penal".

Así lo acuerda el magistrado en un auto que deja sin efectos las medidas cautelares de prevención adoptadas durante el transcurso de la instrucción. Contra la resolución dictada cabe interponer recurso de reforma ante el juzgado 28 o de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El auto señala que sobre las 23.08 horas del 12 de febrero de 2005 se activó la alarma de incendios con la que estaba equipado el edificio Windsor, sito en la calle Raimundo Fernández Villaverde. El sonido que emitía fue escuchado por el vigilante de seguridad Roberto G.M., que se encontraba en la sala de control del sótano primero del inmueble.

Este vigilante comunicó por radio la incidencia a su compañero Yago E.R., quien acudió al cuarto de ordenadores y observó que el aviso provenía de la planta 21, a la que subió comprobando que en el interior de uno de los despachos había humo y una llama de unos 50 centímetros de altura que partía del suelo.

En ese momento, escuchó dos pequeñas explosiones y avisó a otros vigilantes para que llamaran a los bomberos. Entretanto, Yago bajó a la recepción del edificio a buscar la llave que abría la puerta de la estancia que se estaba quemando. Una vez la hubo conseguido, ascendió de nuevo a la planta 21 y abrió la puerta del despacho, saliendo en ese instante una gran cantidad de humo negro.

Ante ello, el integrante del grupo de mantenimiento Rafael D.

aplicó el contenido de un extintor hacia el espacio que había tras la apertura de la puerta, aunque el humo imposibilitó la continuidad de esta acción, por lo que el hombre desplegó la manguera de una boca de incendios equipada, momento en que se le comunican que acaban de llegar los bomberos al inmueble.

LOS BOMBEROS LLEGAN A LAS 23.28

Sobre las 23.19 horas, la central de comunicaciones del Cuerpo de Bomberos recibe una llamada procedente del servicio de seguridad del Windsor en la que se informa de la existencia de un incendio en la planta 21, llegando al lugar de los hechos a las 23.28 horas.

Al primer grupo de bomberos, se incorporaron posteriormente otros dos. De este modo, el suboficial número 42 al mando de la primera dotación, mandó que parte del equipo preparara las columnas secas, mientras que el resto debía dirigirse la planta 21, donde encontraron a Rafael D., quien les informó del lugar en el que se encontraba el foco del incendio.

En ese mismo instante, uno de los miembros de la dotación comunicó al suboficial que el fuego había roto por la fachada que daba al Paseo de Castellana, solicitando éste a través de la emisora que enviaran dos bombas más. Acto seguido, en el interior de la torre se empezaron a desplomar gran cantidad de materiales del techo, resultando herido un bombero.

A tenor de la entidad del incendio, que ya afectaba a varias plantas, y considerando el "alto riesgo" para la seguridad de los bomberos, el jefe de guardia ordenó que la totalidad de los integrantes de las dotaciones se reunieran en la planta cero del Windsor para evaluar la situación, concluyendo finalmente atacar de nuevo el incendio.

En torno a la 1.00 horas del 13 de febrero, el inspector jefe del departamento de extinción de incendios y su superior jerárquico deciden que "todos los efectivos que estaban en el interior del edificio lo abandonen" por el riesgo que existía de colapso.

El incendio, que afectó a las plantas de la 5 a la 18, se controla sobre las 11.00 horas del domingo 13 de febrero permaneciendo activos algunos focos en su interior. A la 1.00 horas del día 14 se da por extinguido abriéndose un plazo de 24 horas de observación.

UN ÚNICO FOCO DE FUEGO

En cuanto a las causas y al origen del incendio, el auto subraya que "únicamente se ha determinado un foco de fuego situado en la planta 21, despacho 2109", dependencia ocupada desde las 16.00 a las 23.00 horas del 12 de febrero por Eva R.M., quien admitió ante el juez haber fumado varios cigarros en la estancia, al último media hora antes de abandonar el lugar, y que afirmó haberlos apagado correctamente.

Ante esto, el magistrado destaca que "no concurren indicios para poder establecer un engarce casual entre el consumo de cigarrillos y el origen o propagación del incendio". Este razonamiento está fundamentado en el informe de los peritos, que determinaron que no hay causas que evidencien "la utilización de acelerantes en la combustión en ningún lugar del inmueble, no concurriendo indicio alguno que permita concluir en la intencionalidad del fuego".

En cuanto a la magnitud que alcanzó el incendio, el informe de los peritos apunta que los papeles, muebles de madera y cableado diverso, entre otras cosas, característicos del edificio, pudieron influir en su rápida propagación, ya que de las declaraciones de los vigilantes y del personal se colige que en el despacho de la planta 21 "había material combustible suficiente para que el fuego progresara y fuera aumentado paulatinamente de tamaño".

Tras analizar todos los datos procedentes de las investigaciones, el magistrado determina que "no existen indicios respecto a que el incendio pudiera haber sido intencionado". Del mismo modo, resalta que el tiempo de reacción del personal tras la activación de la alarma fue "adecuado", por lo que no se puede imputar el resultado de lo sucedido a los vigilantes, a los bomberos o al personal de mantenimiento del edificio.

Por otra parte, el auto reseña que de lo actuado no se desprende que las obras a las que estaba sometido el inmueble puedan tener relación con las causas del siniestro.

EL VÍDEO Y EL BUTRÓN

El magistrado también hacer referencia en el auto al vídeo que se incorporó a las actuaciones en el que aparecían unos focos de luz y sombras de figuras humanas. A este respecto, indica que las imágenes contenidas en la cinta "no presentan ningún tipo de manipulación, ya que las señales de audio y vídeo se corresponden en todo momento", y que las sombras que aparecen no son producidas por un reflejo procedente del exterior.

Así, el juez asegura que "aunque se pudiera admitir la posibilidad de la presencia de personas en el interior del edificio Windsor, no existe evidencia alguna de que ello pudiera haber tenido alguna incidencia en la causación o propagación del incendio".

Finalmente, el auto también analiza el butrón que apareció en la pared de una de las oficinas situada en la zona del garaje que comunicaba con el interior de la torre y establece que el informe pericial aclaró que se trataba de un hueco pequeño realizado en un panel de pladur por el que difícilmente pasa una persona delgada.