BARCELONA, 12 Feb. (EUROPA PRESS) -
La juez de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Manresa (Barcelona) acordó hoy dejar en libertad provisional bajo fianza de 150.000 euros a Lluís Corominas, yerno y jefe de seguridad de la familia de joyeros Tous, después de que la Fiscalía y la acusación particular no impugnaran la petición de libertad solicitada por la defensa del imputado.
Además de la fianza, la juez ha establecido otra serie de medidas, solicitadas también por el Ministerio Fiscal, para garantizar que Corominas esté a disposición del juzgado durante lo que queda de instrucción. Así, el yerno de los Tous deberá comparecer cada lunes ante la juez y siempre que ésta lo solicite, "con prohibición expresa de abandonar el territorio nacional", según el auto de la magistrada.
Para ello, la juez considera "proporcional y fundado" acordar la retención del pasaporte de Lluís Corominas, que su letrado defensor, el magistrado de la Audiencia Nacional en excedencia Carlos Bueren, deberá aportar a la causa antes de que el yerno de los Tous salga de la prisión de Quatre Camins, en La Roca del Vallès (Barcelona), donde ha permanecido recluido desde el pasado 12 de diciembre.
La decisión de la juez instructora, contra la que cabe recurso de apelación, llega después de que la Audiencia de Barcelona decidiera el pasado mes de enero mantener en prisión provisional y sin fianza al yerno de los Tous por un delito de homicidio, que presuntamente cometió el pasado 9 de diciembre tras matar de un tiro en la cabeza al supuesto asaltante Gazmend S., ciudadano albanokosovar, mientras estaba al volante de un coche aparcado frente a la vivienda que los Tous tienen en Sant Fruitós del Bages (Barcelona).
El asiento del copiloto lo ocupaba Dulji K., contra el que Corominas también habría disparado sin conseguir su objetivo, ya que el presunto asaltante resultó ileso y permanece en prisión provisional por robo en grado de tentativa desde el pasado 12 de diciembre. Los dos albanokosovares estaban supuestamente vinculados a otras dos personas que en ese mismo momento habían entrado en la finca de los joyeros.
La decisión del Tribunal, sin embargo, no fue unánime, ya que uno de los tres magistrados de la Sala, Guillermo Benlloch, formuló un voto particular al entender que se debería haber permitido que el yerno de los Tous eludiese la prisión provisional, precisamente, mediante el pago de una fianza de 150.000 euros, reteniéndole también el pasaporte y obligándole a comparecer periódicamente en el juzgado.
Tras conocer el auto de la Audiencia de Barcelona, la defensa de Corominas presentó un escrito en el que solicitaba la puesta en libertad bajo fianza del yerno de los Tous, petición a la que la Fiscalía no se opuso con la condición de que se aplicaran al imputado una serie de "cautelas" o "garantías" para "asegurar su presencia a disposición de la administración de justicia a lo largo de lo que resta de instrucción y, sobre todo, el día del juicio".
Según la juez instructora, "la acusación particular --ejercida por la familia del asaltante fallecido-- nada ha manifestado respecto a la solicitud de libertad provisional del imputado, de lo que debe deducirse, consecuentemente, que no se opone a la misma".
De hecho, el auto recuerda que, con motivo de los anteriores recursos interpuestos por la defensa de Corominas, la acusación particular manifestó "expresamente" que no se oponía a la puesta en libertad bajo fianza del yerno de los Tous "siempre que se impusiera una cuantía acorde con sus circunstancias económicas".
Por tanto, teniendo en cuenta que la medida de prisión provisional sólo puede mantenerse si lo solicita el Ministerio Fiscal o una parte acusadora, la juez instructora sólo podía acoger la petición de libertad formulada por la defensa de Corominas, que en su escrito estimó "suficiente" una fianza de 60.000 euros, frente al mínimo de 150.000 euros reclamado por la Fiscalía.
POSIBILIDADES ECONÓMICAS "BASTANTE ALTAS"
A la hora de determinar la fianza, la juez instructora ha valorado las posibilidades económicas del yerno de los Tous que, a su entender, "son bastante más altas de las que pretende la defensa". Al respecto, la magistrada señala que tres días después de ingresar provisionalmente en prisión obtuvo un préstamo bancario de 150.000 euros, cantidad que consignó en el juzgado para reparar en la medida de lo posible el daño causado a la familia del fallecido, "asegurándose así la futura aplicación de la atenuante de reparación del daño".
"Si, ciertamente, sus posibilidades económicas no fueran tan altas, no habría ofrecido crédito a una entidad bancaria para obtener en tan breve plazo una suma tan importante para el común de las personas", señala el auto. "Tampoco es desdeñable que se ha procurado el servicio de una defensa de alto nivel y prestigio jurídico compuesta por dos letrados", añade la juez.
Además, según el auto, si Corominas tiene una situación familiar estable con una de las hijas del matrimonio Tous, con la que tiene varios hijos, "es evidente que, por más que exista una separación entre el patrimonio personal del imputado y el de su compañera, debe atenderse al conjunto de circunstancias económicas que le rodean y de las que necesariamente participa, no pudiéndose establecer una separación radical entre las circunstancias personales individuales y las del núcleo familiar más próximo de Corominas".
Para la juez instructora, la fianza a prestar debe ser "lo suficientemente significativa como para entender conjurado el riesgo de fuga apreciado en anteriores resoluciones" y, por todo ello, ha decidido establecer una fianza de 150.000 euros, cantidad que se consideraba "procedente" en el voto particular recogido en el auto dictado por la Audiencia de Barcelona.