Policías locales vigilarán el cumplimiento de órdenes de alejamiento de agresores y de protección a víctimas de maltrato

Actualizado: lunes, 13 marzo 2006 9:32

MADRID, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

Efectivos de las policías municipales vigilarán el cumplimiento de las órdenes de alejamiento impuestas a condenados por violencia de género, así como de las órdenes de protección dictadas en favor de víctimas de malos tratos en el ámbito familiar, en colaboración con las actuaciones del Cuerpo Nacional de Policía.

Esta cooperación institucional se materializa hoy mediante la firma de un protocolo de colaboración entre el ministro del Interior, José Antonio Alonso, y el presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Heliodoro Gallego, para coordinar las acciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) y los Cuerpos de Policía Local con el fin de mejorar la protección a las víctimas y evitar duplicidades en esta materia.

De esta forma, los poderes públicos dan cumplimiento al artículo 31 de la Ley Integral contra la Violencia de Género, que en materia de tutela institucional de las víctimas, que obliga al Gobierno a establecer medidas que favorezcan esta colaboración.

Concretamente, el Ejecutivo, para hacer más efectiva la promoción de las víctimas, promoverá las actuaciones necesarias para que las Policías Locales, en el marco de su colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cooperen en asegurar el cumplimiento de las medidas acordadas por los órganos judiciales cuando éstas sean algunas de las previstas Ley Integral.

Asimismo, el texto prevé que los miembros de la policía local colaboren en el cumplimiento del artículo 57 del Código Penal, que impone pena accesoria de alejamiento a toda persona condenada por violencia de género cuando la víctima sea un miembro del ámbito familiar, independientemente de la voluntad de la víctima.

POLÉMICA SOBRE EL ALEJAMIENTO OBLIGATORIO

Recientemente, diversos tribunales han elevado cuestiones de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional por entender que el acuerdo de esta pena debe quedar a la voluntad de juez y no imponerse automáticamente, dado que se están dando casos en los que la propia víctima se opone a la imposición del alejamiento de su agresor porque desea continuar con su relación.

Al mismo tiempo, la Ley Integral prevé que los miembros de la Policía Local cooperen también en el cumplimiento del artículo 554 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula las órdenes de protección para víctimas de violencia doméstica y género.

Así, estos policías deberán velar por la imposición de medidas cautelares en el orden penal (alejamiento, prohibición de comunicación o suspensión de tenencia y uso de armas) o de orden civil (atribución de la vivienda, custodia, visita y comunicación con los hijos, y régimen de alimentos).