UPyD pide al Gobierno el martes en el Congreso que regule la maternidad subrogada

Bebé
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 17 octubre 2015 11:44

MADRID, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

UPyD urgirá el próximo martes al Gobierno a regular la gestación subrogada en España, una práctica prohibida en nuestro país y a la que acuden numerosos españoles en el extranjero. Eso sí, la formación magenta plantea esta regulación siempre y cuando la madre gestante lo haga con fines altruistas y sin lucrarse.

La formación magenta defenderá esta propuesta en la última Comisión de Justicia de esta legislatura en el Congreso, después de que el Gobierno hace más de un año, con Alberto Ruíz-Gallardón como ministro y también posteriormente, se comprometiera a poner en marcha una regulación sobre la materia aprovechando la Ley de reforma del Registro Civil.

En junio se tramitó dicha reforma y los 'populares' decidieron que finalmente no hacía falta llevar a cabo esos cambios normativos argumentando que "la legislación vigente en España cumple con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos".

Por ello, UPyD defenderá el martes una proposición no de ley donde se llama la atención sobre la necesidad de regularla ya que muchas familias españolas, formadas a través de la gestación subrogada legal en otros países, enfrentan "graves problemas" de filiación a su retorno a España por no verse reconocida la paternidad sobre sus hijos aquí. "La situación puede agravarse aún más cuando las normas sobre la paternidad legal en los dos países no coinciden", apostilla.

CAMBIAR LA MATERNIDAD JURÍDICA

Entre otras dificultades, UPyD pone de ejemplo que, de conformidad con la legislación ucraniana, rusa y californiana, la madre futura puede considerarse automáticamente la madre legal, mientras que para la mayoría de los Estados miembros de la UE la maternidad jurídica se atribuye sobre la base del parto, independientemente del lugar donde tenga lugar el nacimiento. "Pueden surgir dificultades similares en relación con la paternidad legal, así como con el reconocimiento de dos padres del mismo sexo", apostilla UPyD.

Es más, señala que potencialmente, esto puede dejar a un menor no solo sin padres desde el punto de vista jurídico, sino también sin Estado y sin ciudadanía, ya que su documentación de registro de nacimiento no se reconoce fuera del país de nacimiento, alerta también.

DEBE SER ALTRUISTA

UPyD plantea también una regulación de la maternidad subrogada que sea altruista, de forma que no se convierta "nunca" en un modo de vida o un fenómeno comercial.

Eso sí, pide una compensación económica resarcitoria para compensar los gastos de desplazamiento y laborales, y el lucro cesante inherente al procedimiento, además de proporcionar a la gestante las condiciones idóneas durante los estudios y tratamiento pregestacional, la gestación y el posparto.

"La gestación por subrogación se realizará solamente cuando haya posibilidades razonables de éxito, no suponga riesgo grave para la salud, física o psíquica, de la mujer gestante por subrogación. Solamente se podrá celebrar un acuerdo de subrogación gestacional cuando el progenitor o progenitores subrogantes hayan agotado o sean incompatibles con otras técnicas de reproducción humana asistida", añade.

Al mismo tiempo, cree que la gestante por subrogación deberá tener más de 18 años, buen estado de salud psicofísica y plena capacidad de obrar. Su estado psicofísico deberá cumplir las exigencias fijadas para los donantes en la Ley de técnicas de reproducción humana asistida.

"Deberá haber gestado al menos un hijo sano con anterioridad, que este esté vivo, disponer de una situación socioeconómica estable y haber residido en España durante los dos años inmediatamente anteriores a la formalización del acuerdo de gestación por subrogación", agrega UPyD.

Igualmente, indica que la persona o familias progenitores subrogantes, cuando hayan formalizado el contrato de gestación por subrogación y se haya producido la transferencia embrionaria a la mujer gestante por subrogación, no podrán impugnar la filiación del hijo nacido como consecuencia de tal gestación.

A su vez, aconseja la creación de un Registro Nacional de Gestación por Subrogación, adscrito al Ministerio de Sanidad, en el que se inscribirán las mujeres que deseen ser gestantes por subrogación y conozcan el marco jurídico de dicha gestación.

ERA INTENCIÓN DE GALLARÓN

Siendo aún titular de Justicia Alberto Ruiz Gallardón se plantearon algunas de las intenciones del Gobierno sobre este asunto y que no se han llevado a cabo: volver a la situación previa a la sentencia del Tribunal Supremo, cuando los niños eran inscritos de forma automática con el nombre de sus padres de intención y recogerlo así en la regulación del Registro Civil.

El debate sobre la problemática de las inscripciones de los bebés nacidos por el llamado 'vientre de alquiler' surgió en febrero del año pasado cuando el Tribunal Supremo rechazó el acceso al Registro Civil de unos niños nacidos en California por gestación subrogada y a los cuales un matrimonio de varones homosexuales pretendía inscribir como hijos suyos.

Este pronunciamiento judicial paralizó todas las inscripciones que estaban pendientes y generó la movilización de la principal agrupación de padres, la organización 'Son nuestros hijos'.

En el mes de junio, el Tribunal Europeo de Estrasburgo (TEDH) condenó a Francia por negar los registros a estos niños con una justificación legal similar a la que estaba aplicando la justicia española. El alto tribunal, entendió que negar el registro vulnera los derechos de estos menores, garantizados por convenios internacionales que deben estar por encima de las regulaciones nacionales de la reproducción asistida.

Ya en julio, la Dirección General de Registros y Notariado española dictó instrucciones para reanudar todas las inscripciones de los hijos de españoles que seguían naciendo así en el extranjero.

Actualmente, la no inscripción de un niño en el Registro Civil del Consulado español por ejemplo, de Estados Unidos, implica que debe viajar a España con pasaporte estadounidense y un visado que caduca al cabo de 90 días y dejándole en situación de irregularidad administrativa aún siendo menor de edad, con todas las complicaciones que eso conlleva de cara al ejercicio de su ciudadanía. Además, le priva de su derecho a estar inscrito con el nombre de sus padres en su país de residencia.

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