Los usuarios de riesgo no podrán pagar con tarjeta juegos de azar a partir de marzo de 2024

Archivo - Día sin Juegos de Azar.
Archivo - Día sin Juegos de Azar. - DGA - Archivo
Publicado: miércoles, 15 marzo 2023 10:57

Los mensajes "casi acertaste" o "estuviste cerca" también estarán prohibidos en un año

MADRID, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Real Decreto que persigue reforzar la protección de los jugadores más vulnerables y obliga a los operadores a crear entornos de juego más seguros entrará en vigor el 15 de septiembre, aunque artículos como a la limitación de los medios de pago de participantes con comportamientos de juego intensivo no lo harán hasta dentro de un año. Es decir, estos jugadores podrán seguir usando sus tarjetas de crédito hasta el 15 de marzo de 2023, según publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Tampoco entrarán en vigor hasta dentro de un año el artículo 13, relativo a la configuración previa de la sesión de juego bajo la licencia general de 'Otros juegos', que incluye aspectos como el establecimiento del tiempo máximo que está dispuesto a emplear y la cantidad máxima en que el jugador está dispuesto a minorar su cuenta de juego a lo largo de dicha sesión.

Otro de los artículos cuya entrada en vigor se retrasará hasta dentro de un año será el artículo 14, sobre límites a los importes destinados a la realización de apuestas en directo, además de los artículos 15, 16 y 17 sobre la configuración previa de la sesión de juego de lotería instantánea, sobre mensajes de autoevaluación y la presentación de resultados en los juegos en los que se prohíbe expresamente incluir mensaje como "casi acertaste" o "estuviste cerca".

Igualmente, no entrarán en vigor hasta dentro de un año la prohibición de enviar a los participantes jóvenes promociones cuyo objeto sea ajeno a la actividad de juego desarrollada en la plataforma del operador, así como la obligación de incluir una referencia específica a los riesgos asociados a la actividad de juego para el público más joven. Concretamente, las empresas tendrán prohibido enviar a los jóvenes de entre 18 y 25 actividades promocionales cuyo objeto sea ajeno a la actividad de juego desarrollada en la web o plataforma, como, por ejemplo, invitaciones a partidos o entradas para espectáculos y tampoco podrán incluirlos en programas VIP de fidelización.

Según ha explicado el Ministerio de Consumo, esta nueva normativa tiene como objetivo minimizar los comportamientos de juego de riesgo o intensivo que pueden derivar, en los casos más extremos, en conductas problemáticas o patológicas.

Como regla general, se considerará que están en la categoría de juego intensivo las personas que acumulen pérdidas netas iguales o mayores a 600 euros (se limita a 200 euros en el caso de los menores de 25 años) en un plazo de tres semanas seguidas. También forman parte del colectivo de especial protección y vulnerabilidad de la nueva norma quienes han solicitado restricción en el acceso a su cuenta de juego (autoexcluidos) y quienes se han inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (autoprohibidos).

No obstante, el Real Decreto, que contempla medidas de protección general para las personas jugadoras en sentido amplio, con independencia del riesgo de sus comportamientos de juego, tiene el objetivo de garantizar un marco de políticas de protección ante los riesgos del juego a nivel estatal que "prevenga comportamientos problemáticos y aumente la supervisión y control de los operadores".

Tras la entrada en vigor de la nueva normativa, las empresas del sector estarán obligadas a "promover pautas de consumo saludable y a minimizar la aparición de daños en la esfera personal, familiar y patrimonial de las personas jugadoras".

NUEVAS OBLIGACIONES

Entre las nuevas obligaciones de los operadores dirigidas a proteger a las personas vulnerables, destacan la remisión de un mensaje específico que alerte de la conducta de riesgo detectada o el envío de un resumen mensual de su actividad de juegos. Además, los jugadores en situación de riesgo no podrán utilizar tarjetas de crédito mientras mantengan esa dinámica (sólo podrán utilizar medios de pago nominativos y de su titularidad).

A los jugadores vulnerables también se les excluirá de actividades de promoción y de la lista de clientes privilegiados. Es decir, ya no se les podrán ofrecer condiciones mejoradas o más ventajosas para fomentar su nivel de juego.

Los operadores, asimismo, pondrán en marcha medidas de refuerzo para las personas jugadoras vulnerables como fijar una interacción específica con ellas y conseguir su respuesta en un plazo máximo de 72 horas. En caso de que no haya respuesta por parte de los jugadores con comportamiento de riesgo, el operador deberá suspender la cuenta.

Además, las personas autoexcluidas y autoprohibidas tampoco recibirán comunicaciones comerciales y, en el caso de los participantes que se inscriban en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ), tendrán prohibido el acceso a sus cuentas, depósitos y participaciones en un plazo máximo de 48 horas.

Los operadores tendrán que suscribirse al servicio de alerta antipishing de la Dirección General de Ordenación del Juego para controlar que las personas con conductas de riesgo no vuelvan a jugar suplantando la identidad de otro jugador o jugadora.

SERVICIO TELEFÓNICO DE ASISTENCIA Y SANCIONES

Con carácter general para todas las personas participantes en juegos de azar y apuestas, las empresas del sector tendrán que incluir en sus respectivas webs y aplicaciones información sobre la prohibición de jugar a menores de edad, los posibles riesgos del juego, los trastornos asociados y cómo obtener asistencia al respecto.

De hecho, será obligatorio que cuenten con un servicio telefónico de asistencia y ayuda para comportamientos de riesgos y este no podrá ser de tarificación especial. Las empresas del sector, asimismo, tendrán que formar específicamente a una persona para que sea la responsable de la supervisión de las medidas de protección de jugadores.

El incumplimiento de las medidas contempladas en el real decreto serán objeto de sanción por parte del Ministerio de Consumo. Así, para las infracciones graves las multas ascienden hasta un millón de euros y pueden acarrear la suspensión de la licencia de juego durante seis meses. En el caso de las muy graves, las sanciones se elevan hasta los 50 millones de euros y pueden llevar aparejada la pérdida de la licencia de juego.