El Vaticano advierte de que el secreto de confesión no admite excepciones tras cuestionarse en los casos de abusos

Publicado: lunes, 1 julio 2019 12:24

Precisa que el sacerdote no debe obligar al penitente a entregarse a la justicia como condición para la absolución aunque requiera arrepentimiento

ROMA, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Vaticano ha advertido de que el secreto de confesión no admite "ninguna excepción en el contexto eclesial, ni mucho menos en la esfera civil" después de que haya sido cuestionada su legitimidad en casos de abuso sexual por parte del clero en países como Australia, Costa Rica o el estado de California en Estados Unidos donde se han presentado iniciativas legales para invalidarlo.

"El secreto de confesión es indispensable y ningún poder humano tiene jurisdicción, ni puede reclamarlo, sobre él", ha señalado en una nota informativa la Penitenciaría Apostólica, que se encarga de los asuntos de conciencia así como de la administración de indulgencias.

El Vaticano es consciente de que la inviolabilidad del secreto del sacramento de la confesión "no siempre es entendido por la mentalidad moderna".

Sin embargo, ha indicado que su validez se basa precisamente en "la libertad de conciencia del penitente". Para el Vaticano, quien se confiesa debe "estar seguro, en cualquier momento", de que la conversación sacramental permanecerá en el "secreto de la confesión", entre la "propia conciencia" que se abre a la "gracia de Dios y la mediación necesaria del sacerdote".

Ante las amenazas al secreto de confesión, el Vaticano ha dejado claro que su defensa "nunca constituirán alguna forma de connivencia con el mal". "Al contrario, representa el único antídoto verdadero contra el mal que amenaza al hombre y al mundo entero, que son la posibilidad real de rendirse al amor de Dios, de dejarse convertir y transformar por este amor, aprender a corresponder concretamente en la vida de uno", han valorado.

Por otro lado, el Vaticano ha especificado que el sacerdote no debe colocar al penitente ante la obligación de establecerse por la justicia civil "como condición para la absolución". Si bien, ha incidido en que la condición para que se dé el perdón de los pecados es el "sincero arrepentimiento, junto con la firme intención de enmendar y no reiterar el mal cometido".

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