Diez años por matar al novio de su hermana en Castelldefels (Barcelona) después de pegarla

Actualizado: lunes, 2 marzo 2009 16:55

BARCELONA, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha condenado a diez años y un día de prisión a un joven que degolló al novio de su hermana después de que la víctima pegara a la chica en su piso de Castelldefels (Barcelona), y después quemó su cadáver. También deberá indemnizar a cada uno de los cinco hijos del fallecido con 12.000 euros y a la madre de éste con 6.000.

A petición de los miembros del jurado popular que juzgó a Óscar Andrés G.A., el magistrado-presidente solicitará al Gobierno que le conceda el indulto parcial y rebaje la condena en una cuarta parte al entender el crimen fue "una reacción" al episodio de violencia de género que sufrió su hermana, Sonia Patricia, también procesada y absuelta 'in voce'.

De hecho, el Código Penal castiga con penas de entre 15 y 20 años los asesinatos con una agravante --en este caso, alevosía--, pero la sentencia considera probada la atenuante muy cualificada de arrebato u obcecación, por lo que el magistrado le ha impuesto una pena inferior incluso a la solicitada por su letrado.

El jurado declaró probado que la madrugada del 27 de marzo de 2005, la víctima, Carlos H.E.C., y dos amigos suyos llegaron, tras salir de fiesta toda la noche, al piso que compartía con su novia y acusada. La pareja se enzarzó en una discusión y el joven agredió a su compañera, tras lo cual los dos amigos salieron del domicilio, en la calle Tramuntana.

Media hora después, llegó el hermano de Sonia Patricia G.A. y le preguntó qué había ocurrido al ver las heridas que tenía. Óscar Andrés, con una "alteración psíquica grave" al descubrir que Carlos H.E.C. había pegado a su hermana, increpó a la víctima y le golpeó en la cabeza, el tórax y la boca.

Durante la agresión, el acusado cogió un cuchillo de cocina y, con intención de acabar con la vida de Carlos H.E.C. --también armado--, le asestó dos puñaladas en el cuello. La segunda de ellas le seccionó la vena yugular, la arteria carótida, el tronco braquiocefálico y la tráquea, por lo que la víctima murió al instante.

Aunque el tribunal no hizo referencias al respecto, el fiscal sostenía que, sobre las 15 horas del día siguiente, los acusados metieron el cadáver y el colchón en el maletero del coche de Sonia Patricia G.A. y fueron en dirección a Martorell (Barcelona) por la carretera B-224.

Cuando llegaron al kilómetro 16,5, en el término municipal de Masquefa (Barcelona), arrastraron el cuerpo y el colchón hasta unos matorrales, los rociaron con gasolina y les prendieron fuego antes de huir. El cuerpo estaba tan calcinado que, en un primer momento, costó determinar el sexo de la víctima.

La sentencia critica la "actitud cobarde" de la pareja que estaba en el piso antes de los hechos, así como la "desdeñable complicidad" de Héctor Mario R.R. con su amigo, pues infravaloró la gravedad de la agresión machista y no dejó que su novia dijera a la Policía dónde se había producido la pelea cuando, a petición de Sonia Patricia G.A., pidió ayuda.

Con todo, el magistrado ha ordenado que se deduzca testimonio de Héctor Mario R.R. porque pudo mentir para perjudicar al acusado tanto por la amistad que le unía con el fallecido como por su parte de responsabilidad en el crimen.