Madrid recuerda que las aerolíneas deben devolver el importe del billete con retrasos de más de cinco horas

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Actualizado: viernes, 29 julio 2016 17:08

MADRID 29 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comunidad de Madrid ha recordado que las aerolíneas, así como los trenes, autobuses y barcos deberán devolver el importe total del billete al viajero, si se producen retrasos de más de cinco horas.

Según ha informado el Gobierno regional en un comunicado, si el vuelo sufre retrasos superiores a 5 horas, el consumidor tiene derecho a la devolución del importe total del billete.

Por otra parte, en caso de que la llegada al destino final que se indica en el billete se realice con un retraso de más de 3 horas, el consumidor tiene derecho a una compensación económica que variará entre 250 euros en distancias de hasta 1.500 kilómetros; de 400 euros en distancias superiores dentro de la UE; y de 600 euros si es entre un aeropuerto de la UE y otro de fuera con distancias de más de 3.500 kilómetros.

Si la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias como el mal tiempo, la compañía deberá ofrecer un vuelo alternativo en la misma ruta y horario similar. No obstante, aunque estas circunstancias no den derecho a indemnización, la compañía deberá dejar al consumidor elegir entre la devolución del importe del billete, el transporte alternativo o la posibilidad de retrasar el viaje hasta la fecha que convenga al cliente.

Asimismo, el consumidor tiene derecho a ser indemnizado con hasta 1.220 euros por pérdida, deterioro o retraso del equipaje facturado.

DERECHOS EN TREN, AUTOBÚS Y BARCO

Si el cliente decide viajar en tren, puede pedir la devolución del importe del billete si le comunican que el tren llegará con al menos una hora de retraso al destino.

En cuanto al equipaje, el consumidor puede exigir una indemnización de hasta 1.300 euros por bulto perdido o deteriorado si puede demostrar el valor del contenido. Si no puede hacerlo, la retribución se limita a 330 euros.

En caso de cancelación de viajes en autobús de largo recorrido (más de 250 kilómetros) o retraso de más de dos horas, el cliente tiene derecho al reembolso del billete.

Para viajes en barco, el derecho del consumidor establece el reembolso del billete si el viaje se cancela o la partida se retrasa más de 90 minutos.

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