¿Qué pasa si tienes un viaje este verano y te seleccionan para formar parte de una mesa electoral?

 ¿Qué pasa si tienes un viaje y te seleccionan para formar parte de una mesa electoral?
¿Qué pasa si tienes un viaje y te seleccionan para formar parte de una mesa electoral? - VUELING

MADRID, 29 May. (EUROPA PRESS) -

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado el adelanto de las elecciones generales para el próximo 23 de julio tras asumir personalmente la derrota electoral sufrida este domingo por el PSOE en las elecciones autonómicas y municipales.

Se adelantan de este modo unos cinco meses a la fecha prevista y, por primera vez, se celebrarán en plena temporada estival, en la segunda quincena de julio. Una fecha que podría afectar a muchos españoles que, en pleno periodo vacacional pueden ser llamados a formar parte de una mesa electoral. Muchas personas se preguntan si un viaje programado y reservado con anterioridad exime de formar parte de una mesa electoral.

Las excusas para librarse de este deber son pocas y deben justificarse apropiadamente. Formar parte de la mesa electoral es obligatorio por ley, y puede estar castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de veinticuatro meses.

Tras ser realizado el sorteo, la administración tiene tres días de plazo para informar a los ciudadanos y estos podrán alegar su causa justificada para no acudir a la mesa electoral antes de 7 días. Los motivos de justificación deben ser causas recogidas en la Ley Electoral.

Las leyes no son demasiado flexibles y solo se aceptan los motivos que aparecen fijados en la misma. Ahora bien, si tienes un viaje programado, es decir, pagado de antemano, sería posible esquivar tus obligaciones en la mesa alegando un perjuicio económico. Siempre que lo hayas contratado antes de saber que eras uno de los seleccionados.

Según la Ley Orgánica de Reforma Electoral, tanto el presidente como los vocales y los suplentes de las mesas electorales deben cumplir con su deber. Si no acuden, no cumplen sus funciones o si las abandonan sin motivo, podrán recibir una pena de prisión de 3 a 12 meses, o una multa por falta de competencia de 6 a 24 meses.

En cuanto a las multas pecuniarias, aunque dispones de 6 a 24 meses, pueden ser muy elevadas y estas irán acorde a la capacidad económica personal. Por tanto, no hay una cantidad dineraria exacta ni fija para todos. Además, quedaría registrado el hecho como delito si el acusado ha recibido y firmado la notificación.

Las causas para no acudir a una mesa electoral son muy variadas. Y un viaje programado es una de las más habituales. Se aceptan todo tipo de justificaciones, las cuales las Juntas Electorales de cada zona valoran individualmente. Para ello, se debe aportar la documentación necesaria para solicitar tu renuncia y el perjuicio económico que te supondría.

CAUSAS ALEGABLES.

Los "impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales" se recogen en el BOE y se distribuyen en causas personales, familiares y profesionales. Solo podrán evitar la mesa electoral quienes justifiquen su ausencia previamente con uno de los motivos que recoge la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Por causas personales se puede alegar tener más de 65 años y menos de 70, un embarazo a partir de 6 meses o embarazo de riesgo, haber estado en una mesa electoral al menos 3 veces en los últimos 10 años, discapacidad, incapacidad (temporal o permanente) o invalidez, pertenencia a órdenes religiosas de clausura o intervención quirúrgica o por pruebas clínicas relevantes sobre esos días.

Entre las causas familiares se puede argumentar el cuidado de un hijo menor de 14 años del que no pueda ocuparse otro adulto, el cuidado de menores de edad, discapacitados o familiares enfermos o acontecimientos familiares de gran importancia (bodas, comuniones, bautizos).

Finalmente entre las causas profesionales están realizar funciones en servicios sanitarios, ser jefe de servicios informativos que deban cubrir la jornada de las elecciones, obligación de participar en un evento público en el que eres imprescindible o tener funciones electorales o prestar servicios en los juzgados, administraciones o juntas.

El voto por correo no exime a los ciudadanos de ser llamados a formar parte de una mesa electoral, pese a la creencia extendida de que sí lo hace. Es un mito que solicitar el voto por correo te exima de que te toque estar en una mesa electoral. El sorteo de las mesas electorales se hace teniendo en cuenta el censo electoral. Por lo que en las próximas elecciones generales, cualquier ciudadano que esté registrado en el censo electoral de un municipio podrá ser llamado a estar presente en las mesas electorales que se constituyan como titulares o como reserva.

El viaje por tanto no es eximente, pero la decisión definitiva la tomará la Junta Electoral de Zona. Por tanto, en caso de viaje programado y reservado con anterioridad, el derecho a justificar esta causa existe.

Para ello se deberá aportar las reservas de la documentación que permiten sostener la solicitud y el perjuicio económico de perder los billetes si el viaje fue contratado antes de conocer la obligación de ser miembro de una mesa electoral. Lo más probable es que la alegación no prospere, pero la decisión corresponde a la Junta Electoral de la Zona que, una vez recibida la alegación, la resolverá en cinco días.

POSIBLES SOLUCIONES.

La aerolínea Vueling, compañía perteneciente al grupo IAG, ha recopilado los principales procedimientos que pueden seguir los pasajeros en caso de que tengan un vuelo y hayan sido llamados a formar parte de una mesa electoral.

En primer lugar, Vueling recomienda a los pasajeros tener contratado un seguro de cancelación al reservar sus vuelos. De esta manera, en casos de imprevistos como la selección para formar parte de una mesa electoral, podrán recuperar o cambiar la reserva de su viaje.

El pasajero puede intentar también acogerse al hecho de que el desplazamiento del viaje supone un prejuicio económico y que por ese motivo no puede cancelarlo para acudir a la mesa electoral.

De todas formas, es importante tener en cuenta que un viaje no está estrictamente contemplado dentro del listado de excusas o impedimentos que prevé la ley, por lo que no está 100% garantizado que la alegación sea aceptada. Es clave recordar que para que el argumento sea válido, el viaje debe haber sido contratado antes de la convocatoria de las elecciones.

En caso de que el pasajero no pueda justificar su ausencia en la mesa electoral, Vueling ofrece la posibilidad de reembolsar el coste del billete. La citación a la mesa electoral tiene el mismo comportamiento que una citación judicial, por tanto, presentando la documentación correspondiente Vueling procederá al reembolso o 'voucher'.

Es importante conocer la documentación a presentar, es decir, además de la citación, se necesita la firma del presidente de la mesa conforme ha estado realmente ejerciendo la obligación.

Si la reserva no incluye el cambio de vuelo, el pasajero puede igualmente acogerse a lo que se considera como 'motivos justificados' para solicitar el reembolso en forma de crédito de vuelo. Durante el proceso, es importante recordar elegir la opción 'Citación judicial', ya que la citación a una mesa electoral se contempla dentro de ésta.

En caso de que el pasajero ya haya iniciado su viaje y necesite volver a su lugar de origen para para formar parte de la mesa electoral asignada, Vueling facilita cambiar el vuelo de regreso sin coste adicional. Para ello, es necesario que el pasajero se comunique con la compañía con antelación para que puedan gestionar el cambio o se realice un reembolso en crédito de vuelo.

Vueling también recomienda a los pasajeros que lleven consigo la documentación que acredite su función como miembro de mesa electoral. De esta manera, podrán justificar su situación en caso de cualquier incidencia.

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