MADRID 6 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha lamentado este viernes que los viajeros vuelvan a ser "víctimas inocentes" de los conflictos laborales del mundo de la aviación, y ha recordado que la huelga no es causa extraordinaria para que los pasajeros dejen de recibir sus correspondientes indemnizaciones.
Los tripulantes de cabina de Ryanair han planteado una huelga de 48 horas los próximos días 25 y 26 de julio en cuatro países europeos, entre ellos España. Se calcula que los paros de estos trabajadores pueden afectar a unos 230.000 pasajeros.
La OCU recuerda que cuando se cancela un vuelo o se produce un gran retraso, sea responsabilidad de la compañía o no, se incumple el contrato por lo que los usuarios tienen derecho a una compensación (salvo que sea debido a circunstancias extraordinarias que no hubieran podido evitarse ni aun tomando todas las medidas razonables).
Las excepciones son que se haya informado de la cancelación con antelación suficiente (con más de 14 días de antelación, o entre 7 y 14 días de antelación si no te ofrecen transporte alternativo para salir con no más de 2 horas de antelación a la hora prevista y te permita llegar a destino con menos de 4 horas de retraso respecto a lo previsto); o que se demuestre que la incidencia se debió a "circunstancias excepcionales". En esos casos los viajeros solo tienen derecho a que les devuelvan el importe del billete.
LA HUELGA NO ES CAUSA EXTRAORDINARIA.
La organización de consumidores advierte que las compañías suelen considerar como circunstancias excepcionales situaciones como las inclemencias meteorológicas o las huelgas, "y se amparan en ello para no abonar a los viajeros afectados las indemnizaciones a las que tienen derecho".
Sin embargo, la OCU recuerda que las últimas sentencias de los tribunales determinan que las compañías no pueden esquivar su responsabilidad y deben indemnizar a los viajeros afectados por las consecuencias de una huelga legal.
"Las huelgas legales del personal de vuelo o de los pilotos no pueden considerarse extraordinarias: su gestación es de dominio público y la compañía debe tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros", justifica la organización de consumidores.
En este contexto insiste en que la huelga de tripulantes de cabina de Ryanair pertenece a esta categoría, y por tanto, recomiendan a los viajeros que si se ven afectados por este huelga con un retraso de más de 3 horas o cancelación, deberán recibir una indemnización.
Esa indemnización, que varía en función de la distancia y el destino, oscila entre los 250 euros y 600 euros por pasajero. Además se tiene derecho a información y asistencia (por ejemplo alojamiento y comidas), y reembolso o transporte alternativo en las condiciones previstas en la norma europea.