Economía/Turismo.- La Eurocámara respalda indemnizaciones por retrasos y cancelaciones para pasajeros de barco y autocar

Actualizado: jueves, 23 abril 2009 19:50

ESTRASBURGO (FRANCIA), 23 Abr. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Parlamento Europeo respaldó hoy crear en toda la UE un sistema de indemnizaciones por retrasos y cancelaciones para los pasajeros de barco y de autocar a semejanza de los que ya existen para el avión o para el tren.

La norma todavía debe ser pactada con los Gobiernos de los Veintisiete, que aún no han alcanzado una posición común.

Por lo que se refiere al transporte marítimo, el Parlamento pide, siguiendo la propuesta original de la Comisión, que en caso de un retraso de entre una y dos horas la compensación para el pasajero sea equivalente al 25 por ciento del precio del billete. Si el barco se retrasa más, se le debería reembolsar la mitad de importe pagado. Y si se cancela el viaje y no se ofrece un medio de transporte alternativo, habría que devolver al viajero el precio íntegro del ticket.

En el caso de los pasajeros de autobús y autocar, la empresa estará obligada a ofrecer un transporte alternativo si el retraso para salir es superior a dos horas. Los pasajeros tendrán derecho a una compensación del 100% del precio del billete si no aceptan la alternativa.

Para retrasos en la llegada de más de dos horas, los pasajeros recibirán una compensación del 50% del precio del billete si la causa es la negligencia del conductor o un problema técnico del vehículo. Si no se ofrece a los pasajeros transporte alternativo, la empresa deberá pagar una compensación del 150% del precio. Pero incluso para los viajeros que acepten la alternativa, la Eurocámara exige una compensación del 50% del precio.

Las rutas urbanas de autobús y de transporte marítimo no estarán cubiertas por este sistema. Además, los transportistas no deberán pagar compensación si los retrasos están causados por circunstancias fuera de su control.

Tanto en el caso de los barcos como en el de los autobuses, la Eurocámara pide que se prohíba rechazar el acceso de personas con movilidad reducida, salvo por motivos de seguridad.