Forenses rechazan que la mujer muerta presuntamente a manos de su pareja en Albox (Almería) sufriese una caída

Sala de Jurado de la Audiencia Provincial de Almería
Sala de Jurado de la Audiencia Provincial de Almería - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: jueves, 7 noviembre 2019 17:21

Las peritos remarcan la "importancia de las lesiones" y aseguran que tuvo "una agonía muy larga"

ALMERÍA, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) han asegurado ante el tribunal de jurado que enjuicia a M.P. por la muerte de su pareja sentimental en Albox (Almería) que lo "más coherente" es atribuir las lesiones que ella tenía en el rostro y en la zona occipital de la cabeza a un "fuerte golpe en el ojo izquierdo y un contragolpe" en la parte posterior de la cabeza con una "superficie roma" y han afirmado que estas era "bastante importantes" como para ser consecuencia de una "caída en plano".

Las peritos han remarcado, asimismo, que María del Carmen S. tenía una única herida sangrante en la cabeza, que esta se produjo entre "seis y ocho horas" antes del fallecimiento el 30 de marzo de 2018, y no 24 o 48 horas antes tal y como sostiene el procesado, así como que tuvo "una agonía muy larga".

A preguntas de la defensa apuntando otros mecanismos que pudieran haber provocado las lesiones como una caída "hacía atrás con rebote hacía delante hasta golpearse el ojo por un desmayo o el estado derivado del consumo masivo de alcohol", han trasladado que "las hipótesis son innumerables pero la más probable" es la que sostiene "un fuerte golpe el ojo y contragolpe en el occipital con una superficie roma".

"En las películas de miedo puede ser pero yo no lo veo compatible", ha subrayado al tiempo que ha reiterado que con una "caída en plano", no "desde un terraplén, una altura, o yendo en moto", es "imposible tener esas lesiones". En esta línea, ha añadido que las evidencias halladas en las muestras tomadas al cadáver sugieren que el golpe en el ojo "fue de una especial fuerza ya que habría causado una fisura del globo ocular".

Las peritos, quienes han indicado que los restos de ADN del procesado hallados bajo las uñas de la mujer indican que "evidentemente intentó defenderse", han incidido en la situación "extremadamente débil" de la víctima debido a su alcoholismo crónico, lo que hacía que "tuviese muy poca reactividad a una agresión". "Estaba en tal situación de desnutrición que es como si un adulto grande le pegase a un niño de ocho o diez años. Hay más de un golpe y no son de una única caída", han apuntillado.

En esta línea, han precisado que María del Carmen S. murió "desangrada" y que la herida "no era mortal de necesidad", por lo que hubiera tenido posibilidad de sobrevivir con una "atención médica inmediata" pese a que su "deterioro físico tremendo" precisase de menos pérdida de sangre para que esta fuera fatal. Lo que no han podido confirmar es si el golpe fue con la estantería del baño aunque sí han destacado que no "fue con algo con filo, sino romo".

También han depuesto ante el tribunal de jurado que debe decidir si M.P. cometió un homicidio o se trató de una muerte accidental para confirmar si la víctima sufrió maltrato habitual y para aclarar si el procesado tenía o no alteradas sus facultades cuando cometió presuntamente el crimen.

Sobre la primera cuestión, las peritos han señalado que la "trayectoria" de la relación que se remonta a 2014 "acredita una situación de violencia de género no patológica, sino de control". "Hay más de 40 indicadores que me orientan a que hay un proceso de violencia, entre ellos, cinco episodios documentados en Urgencias", han indicado.

Han recordado que, en tres casos, ella aseguró haber sido agredida por él, que, en otras, "dice que se ha caído aunque el mecanismo de las lesiones lo hace poco probable" y que también en otros casos refería agresiones "pero no quién había sido". Ha apuntado entre los indicadores de maltrato el que se negase a denunciarlo.

"NO HAY PROBLEMA DE SALUD MENTAL NI SEVERO DE ALCOHOLISMO"

Con respecto a la imputabilidad o no de M.P., de 39 años y de nacionalidad lituana, han dicho de forma tajante y tras enumerar todas las pruebas clínicas y diagnósticas practicadas al acusado que "no se ha encontrado ninguna causa ni orgánica ni psiquiátrica que pueda acreditar que el día de los hechos tenía disminuidas sus capacidades para actuar libremente".

"No hay problema de salud mental, ni de comportamiento, ni ningún trastorno mental por mucho que lo he buscado", ha dicho una de las peritos, quien ha remarcado que no ha tenido "ningún episodio de síndrome de abstinencia que revelase un problema severo de alcohol".

Ha apuntillado que tenía una "dependencia física al alcohol no grave" aunque ha reconocido no haber podido determinar el volumen de alcohol en sangre que tenía en el momento de los hechos ya que cuando fue detenido de madrugada su nivel era "tan bajo que no nos permitió poder hacer una extrapolación".

"La ciencia forense llega hasta donde llega", ha concluido a preguntas de la defensa que ha intentado sembrar dudas sobre la existencia de un trastorno y la embriaguez si bien ha recordado que en su llamada al 112 "estaba orientado, sabía quién era, cuál era la otra persona, dónde vivía".

En la sesión de este jueves también han declarado los agentes de la Guardia Civil que dirigieron la investigación y que se han ratificado en que "todo indica que los hechos se produjeron a las 12,30 horas, en el cuarto de baño, con impacto en la cara y heridas en el ojo izquierdo y un segundo impacto en forma de V con la estantería". "No hay otra hipótesis que explique el porrazo", han remarcado.

EL ACUSADO SOSTIENE QUE SE "CAYÓ"

El procesado aseguró el lunes ante el tribunal de jurado que la víctima se "golpeó en la cabeza" porque se "cayó en el cuarto de baño" debido a su adicción al alcohol y ha negado que le "tocase ni con un dedo" a lo largo de una relación que se inició en 2014.

Después de la caída, según sostuvo, ella, que pesaba 37 kilos y medía 1,50 metros, se "acostó y al día siguiente se despertó como si nada". "Le tapé la herida que tenía detrás de la cabeza, la llevé en brazos a la cama, la dejé sentada, le di medicamentos y se durmió", relató en una declaración confusa y en la que habría "incurrido en numerosas contradicciones" con respecto a lo que indicó en instrucción según remarcó el fiscal.

Achacó, asimismo, las "continuas lesiones y heridas" que presentaba ella a "las muchas caídas que tenía en la calle" y tras las que "tenía que ir a recogerla o la recogía la Policía Local".

El fiscal sostiene que, si bien el jurado popular debe dirimir "si se trató de una caída o de una paliza", M.P. sabía que "los golpes que le propinaba le podían conducir a la muerte debido a su constitución física y a su malnutrición" pero que, aún así, "no llamó a una ambulancia, por lo que pasaron entre seis y ocho horas hasta que falleció".

Mantiene, asimismo, que la muerte "no fue un hecho aislado sino fruto de un proceso de violencia que degeneró y se agravó en el tiempo" y que la víctima "no se resbaló y cayó sino que debido a los golpes que le propinó el acusado cayó hacía atrás y se golpeó".

Por su parte, el letrado de la acusación particular en la causa, en la que también figura como personada la Junta de Andalucía, afirmó que el procesado "nunca ha dado una versión verosímil y lógica" de lo que ocurrió el 30 de marzo de 2018 en aquella vivienda de Albox y que, en realidad, "la apalizó y la llegó a patear cuando ya estaba en el suelo".

El abogado de la defensa apeló en todo momento a la presunción de inocencia de su patrocinado y enmarcó las discusiones de la pareja "en lo normal de dos alcohólicos que viven juntos y están abandonados en sus cuidados esenciales" sin que "exista prueba alguna de maltrato".

La Fiscalía interesa para M.P. por un delito de homicidio 13 años de prisión y otros tres más por el delito de maltrato habitual, así como 15 años adicionales de libertad vigilada.