NÍJAR (ALMERÍA), 20 (EUROPA PRESS)
IULV-CA ha manifestado su preocupación por la situación en la que se halla el Cortijo del Fraile, en Níjar (Almería), después de que, según se refiere, la sociedad agraria 'La Misión' haya comenzado a usa este emplazamiento como almacén tras la declaración del lugar como Bien de Interés Cultural con la tipología de Sitio Histórico para protegerlo de su creciente deterioro.
Según se ha lamentado el partido en una nota, "poco tiempo hemos tardado en darnos cuenta de que uno de los monumentos más emblemáticos de nuestra provincia no tiene ninguna protección práctica porque ninguno de los actores implicados tiene el menor interés en cumplir la ley". De esta manera, desde IU se ha reivindicado públicamente que la propietaria de la finca, la empresa agrícola 'La Misión', "tiene la obligación de frenar su ruina".
De esta manera, ha indicado que en lugar de evitar la caída del edificio "lo que hace es acelerarla conscientemente y convierte el interior en un almacén del que con frecuencia entra y sale maquinaria pesada". Así, entiende que "la Junta a través del Servicio de Bienes Culturales incumple con su deber de inspeccionar y sancionar al propietario a pesar de ser repetidamente informados de todo lo que está ocurriendo con pruebas documentales".
Desde IU se ha solicitado que se cumpla con el artículo 15 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía que establece que la Consejería de Cultura podrá ordenar a los propietarios de bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico "la ejecución de obras o la adopción de las actuaciones necesarias para su conservación, mantenimiento y custodia".
Asimismo, se pide que se cumpla con el artículo 16 puesto que en el caso de que las personas obligadas por las órdenes de ejecución de obras o actuaciones de conservación no las acometan voluntariamente, la Consejería podrá bien imponer multas coercitivas cada mes en que se mantenga la situación de desobediencia, bien proceder a la ejecución con cargo al obligado a su realización; así como el artículo 18 de la citada ley, que indica que la falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley "facultará a la Administración para la expropiación total o parcial del bien por causa de interés social".