Cádiz.-Tribunales.- El TS absuelve a cuatro acusados de la 'Semilla' tras estimar el recurso de casación de su defensa

Los recurrentes alegaron la infracción del derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas y de las normas para su interceptación

Europa Press Andalucía
Actualizado: miércoles, 31 mayo 2006 15:36

CADIZ, 31 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a cuatro acusados en el marco de la 'Operación Semilla' tras estimar el recurso de casación presentado por su defensa contra la sentencia dictada el 30 de julio de 2004 por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz que los condenaba por un delito contra la salud pública.

En la sentencia, a la que tuvo acceso a Europa Press, el Alto Tribunal recuerda que R.G.G., E.M.R. y C.A.P.V. fueron condenados por la Audiencia de Cádiz a la pena de nueve años y un día de prisión y multa de 108.182 euros, mientras que a J.G.G. a un año y un mes de prisión y multa de 3.005 euros. Asimismo, la sección cuarta absolvió a dos acusados más del caso, A.B.E.M. y M.R.M.

Notificada la resolución a las partes, los representantes legales de R.G.G. y E.M.R. prepararon recursos de casación por infracción de precepto constitucional, de Ley y quebrantamiento de forma, en concreto por una infracción del derecho a la tutela judicial efectiva --el juez de instrucción número tres de El Puerto de Santa María (Cádiz), Miguel Angel López Marchena, incoó las diligencias-- y al uso de todos los medios de prueba que se estimen pertinentes y a un proceso con todas las garantías.

Asimismo, los motivos de casación incluyen una denuncia de infracción del derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas, quebrantamiento de forma --"el fallo no declara de forma clara y terminante la cantidad de droga pura intervenida a los acusados"-- y del derecho a la presunción de inocencia. Además, consideraban infringidas las normas reguladoras de la interceptación de las comunicaciones y que el fallo de la sección cuarta "no impugna clara y terminantemente los hechos que considera probados y no resuelve todos los puntos que han sido objeto de defensa".

Así las cosas, la sala segunda de lo Penal del Supremo declara en su fallo que ha lugar los recursos de casación por infracción de precepto constitucional, de Ley y quebrantamiento de forma y que, en consecuencia, dictaría una segunda sentencia conforme a derecho.

En esta segunda sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el TS acepta las razones expuestas en su propio fallo de casación y acuerda la absolución de los recurrentes, que se extiende a C.A.P.V. y J.G.G., que no recurrieron. Así, se dejan "sin efecto" los pronunciamientos de la sentencia de instancia de la Audiencia Provincial de Cádiz, salvo el relativo al comiso de las sustancias intervenidas.

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