SEVILLA 29 Oct. (EUROPA PRESS) -
Más del 45 por ciento de los municipios andaluces cuenta con Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas, lo que supone que un total de 347 ayuntamientos han solicitado ya el alta en este instrumento básico para la determinación de las personas solicitantes de VPO en Andalucía, según la organización de consumidores Al-Andalus.
Esta nueva aplicación se está poniendo en marcha desde principios de año, fecha en la que se publicó la nueva Ley del Derecho a la Vivienda en Andalucía y tras este periodo de tiempo, desde la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa Al-Andalus, dentro del convenio de colaboración firmado con la propia Consejería de Obras Públicas y Vivienda, se informa sobre la situación actual de la implantación de estos Registros de Demandantes de VPO.
De este modo, por provincias, en Almería ya pueden hacer uso de esta aplicación 65 municipios, en Cádiz, 29; en Córdoba, 42; en Granada 53; y en Huelva, 35. Por su parte, Jaén, cuneta con la validación en 43 localidades, Málaga en 30; y Sevilla en 50.
La puesta en marcha de estos registros además de servir para saber cuántos ciudadanos tienen derecho a una vivienda en cada localidad, a través de ellos, también se caracterizara la demanda en función de las necesidades familiares.
A esta base de datos podrán inscribirse todas las personas que demanden una VPO o un alojamiento protegido y que cumplan los requisitos legales para acceder a uno. Además, los interesados podrán inscribirse en tres municipios distintos, especificando previamente cuál es la localidad de preferencia.
Para estar inscrito en un Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas es necesario presentar una solicitud, con una serie de datos obligatorios que establece la normativa. Una vez rellenada dicha solicitud, el demandante tiene que presentarla en el Ayuntamiento donde tenga su residencia administrativa, o bien, donde tenga intención de residir.
La petición de inscripción se puede formular de forma presencial, por teléfono o a través de Internet. Junto a los datos socioeconómicos, los demandantes pueden incorporar también información sobre el régimen de preferencia de vivienda, en alquiler o venta, y sobre las características que requiere, como por ejemplo, de superficie en el caso de familias numerosas o adaptadas si se trata de una persona con movilidad reducida.
La inscripción en el Registro tendrá una duración de tres años, a contar desde la fecha de la misma o desde la última actualización de los datos realizada por el demandante inscrito. En los tres meses anteriores a la finalización de este periodo, el interesado podrá solicitar la renovación de la inscripción.