La Cámara de Cuentas de Andalucía fiscaliza determinadas áreas del Ayuntamiento de Moguer (Huelva) en 2021

Archivo - Fachada del Ayuntamiento de Moguer (Huelva).
Archivo - Fachada del Ayuntamiento de Moguer (Huelva). - AYUNTAMIENTO DE MOGUER - Archivo
Publicado: lunes, 15 abril 2024 16:21

HUELVA, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha realizado un informe de la fiscalización financiera y de cumplimiento de legalidad sobre determinadas áreas del Ayuntamiento de Moguer (Huelva), en la que "en todos los aspectos significativos ha ajustado su actuación al marco normativo que le resulta de aplicación" salvo por una serie de "salvedades" en cuestiones relativas a ingresos, personal, contratación y subvenciones.

Así se desprende del resumen del informe de fiscalización, consultado por Europa Press, que tiene por objetivo comprobar si el ciclo presupuestario del ejercicio "se ha llevado a cabo conforme al marco normativo", mientras que la auditoría "se ha dirigido a verificar la observancia de determinadas previsiones legales referidas a determinadas áreas: ingresos, personal, contratación y subvenciones".

De este modo, en cuanto a la auditoría financiara, la Cámara indica que en el presupuesto de ingresos (capítulos 4 y 7), figuran "pendientes de cobro unos derechos por importe de 896.252 euros", provenientes de 19 subvenciones, cuyo reconocimiento presupuestario "se realizó sin que se hubiera producido el ingreso o el Ayuntamiento tuviera conocimiento cierto en ese momento de que el ente concedente hubiera dictado el acto de reconocimiento de su correlativa obligación", lo que pone de manifiesto, en opinión de la entidad, "el incumplimiento del Plan General de Contabilidad Pública (PGCP)".

AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD

En el apartado de Área de ingresos, la Cámara ha detectado que en siete de las trece operaciones examinadas, referidas al Impuesto de Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), "se ha comprobado que las liquidaciones y notificaciones de los requerimientos individuales de pago, se realizan una vez superado el plazo de seis meses en el que estas debieron practicarse, obviándose que tal circunstancia conllevaría la caducidad de esos procedimientos, según lo previsto en el artículo 105.5 de esa misma Ley".

Por otro lado, en cuatro de los seis expedientes de ordenación de tasas analizados, la entidad ha observado "deficiencias en los informes técnico-económicos" que afectarían a "la validez de los acuerdos de imposición de las mismas" y, por ello, "tanto su omisión como la falta de un rigor mínimo en el planteamiento o formulación de los mismos, determinarían la nulidad de dichos acuerdos".

En cuanto al Área de Personal, la Cámara de Cuenta indica que el Ayuntamiento de Moguer "no cuenta con un instrumento de ordenación de su personal a medio y largo plazo --Relación de puestos de trabajo (RPT) u otro instrumento de naturaleza similar--, en el que se recojan los requerimientos de información previstos".

Asimismo, la Cámara señala que el Consistorio moguereño "no cuenta con una valoración de puestos de trabajo", lo que supone "un incumplimiento" de la normativa, aunque "especial significado" tiene este "incumplimiento" en relación con el complemento específico, ya que "la valoración de puestos ostenta la condición de trámite esencial previo en el procedimiento a seguir tanto en el establecimiento como en la modificación de este concepto retributivo".

Además, señala que en este Ayuntamiento la situación del empleo temporal irregular, a finales del ejercicio 2021, "afectaba a un grupo de 82 empleados". No obstante, la Cámara apunta que esta situación "ha intentado corregirse con la inclusión de tales plazas en la Oferta de Empleo Público que fue publicada en el BOP el 24/05/2022".

Por otra parte, en el área de contratación administrativa, desde el Ayuntamiento, según recoge el informe de la Cámara de Cuentas, "no se programan las necesidades de las distintas unidades administrativas con la finalidad de articular procedimientos de contratación eficientes, lo que supondría el incumplimiento del artículo 28. 4 de la LCSP".

Por tanto, el análisis efectuado "ha revelado la existencia de prestaciones que se ejecutan careciendo de cobertura contractual, bien porque nunca existió o porque existiendo una vez concluida, la entidad optó por continuar las prestaciones por la vía de hecho". El importe facturado en el periodo 2019 a 2023 debido a este tipo de prestaciones "ha ascendido a 5.485.944,31 euros, del que 1.856.690,98 euros corresponde al ejercicio fiscalizado".

Además, el Ayuntamiento, según la entidad, "no comunica al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos de los contratos adjudicados, lo que supone el incumplimiento del artículo 346 de la LCSP, y "tampoco publica en el Portal de Transparencia la información que sobre contratos y convenios".

La entidad no cuenta con un sistema de registro de la contratación menor que garantice una información completa y fiable de la totalidad de los suscritos en el ejercicio, lo que evidencia "una debilidad en los sistemas de control establecidos". Además, en la Plataforma de Contratos del Sector Público (PLACSP) solo consta la publicación de 11 de los 173 contratos menores formalizados en 2021, "lo que supone el incumplimiento del artículo 63.4 de la LCSP".

ÁREA DE SUBVENCIONES

Por otra parte, el informe de la Cámara de Cuentas recoge que el Ayuntamiento de Moguer, en el ejercicio 2021, "no había aprobado un Plan Estratégico de Subvenciones (PES), lo que pone de manifiesto "el incumplimiento de la Ley General de Subvenciones". Además, "no había aprobado el plan de actuación que, destinado a comprobar la realización por los beneficiarios de las actividades subvencionadas".

"Ni las asignaciones que se conceden a los grupos políticos municipales, ni tres de las diez subvenciones nominativas analizadas, ni las concedidas por el Patronato Municipal de Deportes se publican en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, lo que supone el incumplimiento del artículo 20 de la LGS", añade el texto.

"Por otra parte, la Cámara de Cuentas remarca que el Consistorio "no publica" en su portal de transparencia la información relativa a las subvenciones concedidas, "incumpliendo el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía".

RECOMENDACIONES

El informe recoge, además, una serie de recomendaciones como la de elaborar y mantener actualizado un inventario de sus cuentas bancarias con el detalle de las firmas autorizadas, además de la implantación de un sistema de registro integrado de la contratación menor que garantice "una información completa y fiable de los contratos suscritos".

Por otro lado, el Ayuntamiento "debería adoptar" las medidas que considere oportunas para el "cumplimiento" de la prestación del servicio de cementerio, pues el existente "pertenece al Obispado de Huelva, decidiendo entre la construcción de uno nuevo o el acuerdo con la propiedad del existente".

Por otra parte, el Ayuntamiento moguereño, indica el informe, debería valorar "la idoneidad" de mantener en las condiciones que se describen en el informe a los dos organismos autónomos: Fundación Municipal de la Cultura y el Patronato Municipal de Deportes, pues "no parece que sean una forma eficiente de prestación de tales servicios".

Asimismo, la Cámara señala que el Ayuntamiento debería revisar los informes técnicos-económicos de aquellas ordenanzas fiscales que tienen una antigüedad igual o superior a diez años, toda vez que "debería disponer de una aplicación informática integrada para la gestión del proceso subvencional; así como de un sistema a través del cual se realice el seguimiento de la aplicación y justificación de las subvenciones concedidas".

Por último la entidad recomienda que "debería motivar en la memoria del presupuesto el crédito que figura asignado a las subvenciones nominativas, dejando constancia de cuáles son las razones que justifican que sean unas entidades y no otras a las que se quiere apoyar financieramente".

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