Consumo realizará inspecciones en sitios compraventa de oro y casas de empeño para proteger a los usuarios

Joyerías de Córdoba
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 14 abril 2012 13:26

La colaboración entre los inspectores y los agentes policiales se centrará en el intercambio de información

HUELVA, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los inspectores del Servicio de Consumo de la Delegación de Salud de la Junta de Andalucía en Huelva llevarán a cabo, en coordinación con el Cuerpo Nacional de Policía (CNP), una campaña de vigilancia en joyerías y establecimientos dedicados a la compraventa de oro y al empeño de joyas. En concreto, se realizarán controles en 15 establecimientos onubenses, el mismo número que en el resto de provincias andaluzas, para comprobar si se cumple la normativa que protege los derechos de las personas consumidoras.

Según han informado a Europa Press desde la citada Delegación, la proliferación de negocios dedicados a la compraventa de oro, así como de casas de empeño de joyas a consecuencia de la crisis, ha llevado a la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud a plantearse la ejecución de una campaña de esta naturaleza, que se realiza por primera vez en el conjunto del territorio andaluz y por tanto en Huelva.

La colaboración entre los inspectores y los agentes policiales radica "fundamentalmente" en el intercambio de información relacionada con estos negocios. Si los inspectores de Consumo detectan indicios delictivos a través de estos controles, lo pondrán en conocimiento de las autoridades policiales. En algunos casos, podrán llevarse a cabo inspecciones conjuntas entre los técnicos de Consumo y los agentes de Policía.

Igualmente, la Dirección General de Consumo contactó también con la Confederación Empresarial de Andalucía (CEA), la Confederación Empresarial de Comercio de Andalucía (CECA), y la Federación Andaluza de Joyeros, Plateros, Relojeros y Bisuteros, para informarles sobre la realización de esta campaña de inspección.

La campaña se prolongará hasta el 30 de mayo. En esta primera fase --la intención es desarrollar una segunda antes de final de año--, las actuaciones se dividirán en tres bloques: joyerías, establecimientos de compraventa de joyas y metales preciosos y casas de empeño. En todos ellos se controlará la publicidad de los establecimientos, así como la existencia de hojas de quejas y reclamaciones y del cartel anunciador de las mismas.

ACTUACIONES EN JOYERÍAS

En las joyerías, se controlará además la existencia del cartel informativo relativo a los contrastes de garantías y de la lupa (obligatoria según la normativa vigente). Asimismo, se comprobará el etiquetado de los productos fabricados con metales preciosos y su contraste. El contraste es la señal con la que, mediante un punzonado, deben marcarse los objetos fabricados con metales preciosos que cumplan las prescripciones que marca la Ley y de manera previa a su tráfico en el interior del país y a su comercialización.

Existen dos tipos de contrastes: el de garantía, que es de exclusiva utilización por parte de los laboratorios facultados por las administraciones públicas competentes en materia de análisis y contraste de metales preciosos ---son figuras geométricas, de forma diferente para el platino, el oro y la plata, y en ellas deben figurar la indicación de la ley de la aleación y la contraseña del laboratorio que realice el contraste--; y de identificación del origen, que es la marca del fabricante o del importador.

Si los inspectores localizan piezas que carezcan de contrastes, se informará al vendedor de que no deben ser vendidas sin contrastarlas antes, ya que dichos productos pueden ser considerados de origen desconocido y de tráfico clandestino. En estos casos, se dará al empresario el plazo de un mes para que subsane esta anomalía.

Igualmente, se verificará la procedencia de los productos puestos a la venta, a través de las facturas de compra de los mismos por parte del empresario, y se controlarán también las facturas que se entregan a los consumidores tras las adquisiciones. El etiquetado de los productos chapados, bañados o recubiertos con metales preciosos y su separación respecto de los metales preciosos son otros de los elementos que se tendrán en cuenta en estas inspecciones.

VERIFICACIÓN DE BALANZAS

Por su parte, en los establecimientos dedicados a compraventa de joyas de metales preciosos, los inspectores controlarán específicamente la existencia y verificación de balanzas, así como la información que deben dar a los usuarios antes de contratar; es decir, los datos relativos al precio del gramo de metal precioso que se abonará al consumidor en las transacciones y los justificantes y facturas que se le entregarán.

En las actuaciones que se acometan en casas de empeño se pondrá especial celo en controlar los tipos de interés aplicables a las transacciones, para lo que será necesario analizar y calcular el tipo que se aplica en las operaciones, a efectos de su posible calificación como usura. De hecho, Consumo ha detectado casos en los que el interés anual aplicable era del 330 por ciento. Este tipo de actas se pondrá en conocimiento de la Fiscalía.

En las casas de empeño se comprobará también que sólo se dedican al empeño y no a la compraventa u otra actividad, ya que así lo establece el reglamento regulador. Otro de los elementos que se controlará será la existencia y verificación de balanzas.

RECOMENDACIONES AL CONSUMIDOR

El oro es un producto de los denominados como valor refugio, ya que no pierde su valor en época de crisis. Precisamente, por ello han proliferado tanto últimamente los negocios que se dedican a esta actividad. Han recordado que las personas consumidoras deben saber que, antes de contratar, el empresario tiene que poner a su disposición la información necesaria "de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias".

El comerciante tendrá que informar igualmente sobre la unidad de medida utilizada por su empresa, y el consumidor podrá exigir la comprobación de que las balanzas se encuentren verificadas por Veiasa (Verificaciones Industriales de Andalucía, SA) y cuenten con la correspondiente etiqueta de verificación, que atestigua que ha pasado la revisión periódica pertinente.

Además, en la factura, contrato y documentos necesarios en la compraventa deben aparecer todos los datos obligatorios, tales como el nombre, la razón social y domicilio del responsable de la oferta contractual.