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MÁLAGA 3 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Málaga publicará este miércoles las bases de la convocatoria para la selección de las personas adjudicatarias de 62 viviendas protegidas en alquiler que Lagoom Living está construyendo en la parcela R3 del sector Universidad.
Se trata de una de las parcelas que formaban parte de un concurso público impulsado por el Ayuntamiento para la licitación del derecho de superficie de cuatro suelos de este ámbito por un periodo de 75 años a canon cero, concurso del que resultó adjudicataria esta promotora para la construcción de 530 VPO en alquiler.
La construcción de estas viviendas se corresponde con la segunda fase de desarrollo del sector en el que se prevén 1.006 VPO en alquiler y en el que el Consistorio ya promueve 476 en cuatro promociones, tres de ellas en construcción y una ya finalizada.
Han recordado que el pliego de esta licitación se basó en el convenio suscrito en noviembre de 2022 por parte del Ayuntamiento de Málaga, la Junta de Andalucía y el Gobierno de España y por el que se otorgó al Ayuntamiento de Málaga, a través de la Sociedad Municipal de Viviendas de Málaga S.L, una subvención máxima de 26,5 millones de euros para la promoción de 530 viviendas por parte del adjudicatario del concurso.
Esta subvención supone 25.647.288 euros proceden del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, a través de los fondos Next Generation; por su parte, el Consistorio aporta suelo valorado en 13.577.792 euros y Lagoom Living con fondos propios y financiación otorgada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) por importe de 59,3 millones de euros.
Así, el próximo 16 de marzo se abrirá el plazo a través de la página del Instituto Municipal de la Vivienda (hhttps://imv.malaga.eu) para poder optar a ser adjudicatario de alguna de estas 62 casas adosadas en alquiler de uno, tres y cuatro dormitorios, movilidad reducida y para personas en situación de dependencia. El plazo permanecerá abierto hasta el 30 de marzo, ha indicado el Ayuntamiento en un comunicado.
Así, la promoción consta de 62 viviendas, de éstas 19 son de 1 dormitorio, dos de ellas adaptadas y una de ellas para personas con dependencia. La superficie de estas viviendas oscila entre unos 60 metro cuadrado (m2) y los precios de los alquileres no superan los 542,48 euros.
Por otra parte, hay nueve viviendas de tres dormitorios con una superficie que oscila los 90 m2 y aproximadamente 750 euros al mes. Por último, hay 34 viviendas de cuatro dormitorios con una superficie alrededor de 90 m2. El precio de los alquileres de estas viviendas se sitúa también entorno a los 750 euros al mes.
A estas rentas de alquileres hay que sumarle los gastos de comunidad y todas las viviendas tienen asociadas una plaza de aparcamiento y un trastero. En todas las viviendas la renta de alquiler supone 6,65 euros/m2 y mes. En el caso de los aparcamientos y trasteros la cifra es de 4,41 euros/ m2 y mes.
REQUISITOS
En relación con los requisitos han precisado que no ser titular de pleno dominio de alguna otra vivienda protegida o libre ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio, en el momento de la presentación de la solicitud. Esta condición se deberá mantener en la fecha de la firma del documento de adjudicación conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Además, la vivienda que se adjudique tiene que constituir residencia habitual y permanente de la unidad familiar solicitante y ser ocupada dentro de los plazos legalmente establecidos según la calificación de la vivienda que se oferte.
El solicitante debe llevar un mínimo de un año empadronado en el municipio de Málaga en plazo inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
Por otro lado, tener presentada, en el momento de la acreditación documental de cumplimiento de requisitos, solicitud de demandante de vivienda protegida en el Registro Municipal de Vivienda Protegida del municipio de Málaga actualizada según sus datos actuales en cuanto a composición de unidad familiar, ingresos, etcétera.
De igual modo, conforme a la calificación provisional las viviendas tienen que ser adjudicadas a los siguientes solicitantes según sus ingresos: hasta un máximo de 5,5 veces el Iprem.
Como requisito de solvencia, se establece que el importe de la renta anual a abonar no exceda del 30% de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia. Asimismo, los solicitantes tienen que acreditar unos determinados ingresos mínimos por unidad familiar o de convivencia del año fiscal vencido y unos ingresos máximos por unidad familiar o de convivencia equivalentes a 5,5 veces el Iprem según el número de miembros por unidad familiar.
Por su parte, para la realización de la adjudicación, se conformarán cuatro listados con las solicitudes presentadas, según han señalado.
CONDICIONES PARA LA ADJUDICACIÓN
Por otro lado, en cuanto a las condiciones para la adjudicación han señalado que se hará a la solicitud que definitivamente sea seleccionada conforme a los requisitos establecidos en las presentes bases y que cumplan con la legislación vigente de vivienda protegida. Estas condiciones deben mantenerse durante todo el proceso de selección y adjudicación.
Solamente se admitirá una solicitud por solicitante. Las personas físicas mayores de edad incluidas en la solicitud no podrán presentar, en ningún caso, otra solicitud para esta oferta. En el supuesto en que se produjera duplicidad de solicitudes, la última presentada se considerará la solicitud vinculante, careciendo de efectos las presentadas con anterioridad.
Las viviendas, según su tipología, podrán ser asignadas a los solicitantes teniendo en cuenta las consideraciones sobre su unidad de convivencia.
Para la asignación de las viviendas adaptadas se realizarán tres bloques en función de los siguientes listados: usuarios de sillas de ruedas, movilidad reducida y otras discapacidades. En esa línea, la prioridad en la asignación de las viviendas adaptadas en primer lugar los usuarios de sillas de ruedas, en segundo lugar, movilidad reducida y en tercer lugar otras discapacidades.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE SOLICITUDES
Por otro lado, en cuanto al procedimiento de selección de solicitudes han indicado que aquellas solicitudes que hayan superado el primer filtro de validación de requisitos --no documentales--, pasarán a entrar en listado definitivo como admitidas.
Las solicitudes se ordenarán por estricto orden cronológico por fecha de entrada (de más antigua a más reciente). A tal efecto, se crearán los varios listados. Para la asignación de las viviendas a los interesados se realizará, según el orden del listado, siguiendo el orden alfabético ascendente de las viviendas.