Málaga.- Tribunales.- Acuerdan internar por 10 años al hombre que mató a su mujer y su suegra creyendolas avestruces

Actualizado: miércoles, 21 febrero 2007 18:12

MÁLAGA, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha acordado el internamiento en un centro psiquiátrico por un tiempo no superior a 10 años para el hombre acusado de matar a su mujer y su suegra e intentarlo con sus dos hijos al confundirlas con avestruces que lo atacaban, por considerar que sufre enajenación mental y con objetivo de que se le aplique un tratamiento rehabilitador.

Esta resolución se produce después de que se celebrara el juicio y la acusación particular modificara su calificación inicial, en la que pedía 70 años de prisión, y se adhiriera, al igual que la defensa, a las conclusiones del fiscal, que pedía desde el principio 10 años de internamiento en un psiquiátrico por entender que el acusado era inimputable porque concurría la eximente de enajenación mental.

Así, en la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press y en la que se absuelve a Antonio Nieto de los delitos de asesinato consumados e intentados que se le imputaban, se precisa que el tiempo que tendrá que estar internado puede ser modificado, para lo que se requerirá la autorización del Tribunal.

Además, la Sala acuerda el alejamiento a 500 metros de distancia de su familia y se le prohíbe comunicarse con sus hijos y ejercer la patria potestad o tutela de éstos; así como una indemnización total para todos los familiares de las víctimas de 171.100 euros.

Los hechos sucedieron en la madrugada del 11 de enero de 2001 cuando el hombre atacó a su mujer y su suegra bajo los efectos de la parasomnia, enfermedad que supone un despertar confuso o trastorno comportamental del sueño REM, ya que se creyó atacado por avestruces. Así, consiguió un hacha y un martillo "y con conciencia de que golpeaba a dichos pájaros" les causó la muerte a ambas.

También lo intentó con su hija, aunque no lo consiguió a pesar de que le dio golpes en zonas vitales, como la cabeza; y con su hijo, al que sólo le alcanzó en una oreja, porque éste logró arrebatarle el hacha tras forcejear con el acusado, que cuenta en la actualidad con 64 años de edad.

El Tribunal entiende que concurre la circunstancia eximente de enajenación mental por trastorno de personalidad en el acusado, que está en tratamiento psiquiátrico ambulatorio y dijo en el juicio no recordar nada de esa noche; lo que le hace inimputable según los informes de los médicos forenses.

Los hijos relataron en la vista oral que ambos se despertaron al sentir golpes y que vieron a su padre atacándoles. Así, el hijo declaró que éste lo siguió por toda la casa forcejeando, y le dijo que no encendiera la luz del dormitorio porque "mi madre estaba dormida", aunque cuando fue a verla ya estaba ensangrentada por el ataque.

La hija del procesado, por su parte, ratificó que escuchó esa frase de su padre y apuntó que se hizo la muerta en el momento en el que éste cogió a su abuela y la escuchó gritar, a pesar de lo cual el acusado volvió a golpearla. Ambos insistieron en que las relaciones en la familia eran buenas y en que su padre estaba en ese momento "normal" y hablaba "con sus hijos y no con avestruces" como el procesado declaró durante la instrucción del caso.