Los tres controladores se acogen a su derecho a no declarar ante la Fiscalía

Actualizado: miércoles, 22 diciembre 2010 14:07

MÁLAGA, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -

Los tres controladores de Málaga citados por la Fiscalía de Málaga se han acogido a su derecho constitucional a no declarar en las diligencias abiertas por el ministerio público para investigar un presunto abandono del servicio durante la tarde del viernes día 3 y el sábado día 4 de diciembre, según han informado fuentes fiscales. Además, han expresado que en su momento declararán en presencia del juez predeterminado por ley.

Los tres controladores, dos hombres y una mujer, acudieron este miércoles a dependencias de la Fiscalía malagueña, donde se les informó de las diligencias de investigación penal abiertas para averiguar si en el control de aeródromo o torre o en el de aproximación hubo algún abandono del servicio y para determinar si las incidencias fueron consecuencia de esto o por un no funcionamiento del centro de control de Sevilla.

Otros 11 controladores incluidos en la relación remitida por la Dirección de Navegación Aérea, a petición de la Fiscalía, han sido citados a declarar entre los días 11 y 14 de enero, según los servicios que tengan asignados en esas fechas con el fin de no causar perjuicios en el desarrollo de la actividad aeroportuaria, según han apuntado las mismas fuentes.

Estas diligencias se iniciaron a raíz de las incidencias registradas en el aeropuerto malagueño en la tarde-noche del viernes día 3 y en la jornada del jueves día 4. La Fiscalía requirió a Aena que informara de si se produjeron abandonos o dejación de funciones en los turnos y este organismo respondió con una relación de 14 personas, la mayoría de las cuales habían alegado motivos médicos.

La Fiscalía sostenía inicialmente que podría tratarse del delito del artículo 409 del Código Penal, que se refiere a "las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren u organizasen el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público". En este caso, se prevé multa de ocho a 12 meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

Asimismo, en un segundo apartado de dicho artículo se habla de "las autoridades o funcionarios públicos que meramente tomaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad", para los que se fija una pena de multa, que oscila entre los ocho y los 12 meses.