El TS confirma la condena al exsecretario de Marbella y a su hija por adjudicación irregular de una vivienda

Fachada del Tribunal Supremo
Europa Press - Archivo
Actualizado: martes, 4 diciembre 2018 14:18

MÁLAGA, 4 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado las penas de nueve meses de prisión y cuatro años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público para el exsecretario del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) Leopoldo Barrantes y la hija de éste y administrativa en la Corporación por la adjudicación directa e irregular a esta última de una vivienda en 2000.

Así, se ratifica la sentencia de la Audiencia de Málaga de 16 de junio de 2017, que los condenó a los dos acusados como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso con otro de fraude, según han informado desde el alto Tribunal.

La resolución no fue recurrida ante el Supremo por el tercer procesado, el exalcalde marbellí Julián Muñoz, que fue condenado como autor de un delito de prevaricación en concurso con otro de fraude a la misma pena que los otros dos de nueve meses de prisión y cuatro años y medio de inhabilitación especial. A los tres les fue aplicada la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

En concepto de responsabilidad civil, los tres acusados deberán abonar solidariamente al Ayuntamiento de Marbella la cuantía de 45.866,90 euros, y la hija del que fuera secretario municipal deberá abonar, además, la cantidad de 3.521 euros a la Corporación.

Según los hechos probados de la sentencia de Málaga, en abril de 2000, con el visto bueno del entonces secretario municipal, Leopoldo Barrantes, Muñoz adjudicó directamente la vivienda a la hija del habilitado nacional. La operación se hizo sin iniciar procedimiento alguno y contraviniendo la normativa al respecto para beneficiar a la acusada omitiendo cualquier posibilidad de concurrencia.

"Resulta así que dicha adjudicación directa obedecía al acuerdo entre todos los acusados", dice la sentencia ratificada, con el fin de que la procesada obtuviera "un beneficio, al adjudicársele un bien inmueble, a un precio inferior del real de mercado, en perjuicio del Ayuntamiento de Marbella".