Archivo - Imagen de archivo de varios billetes. - EDUARDO PARRA / EUROPA PRESS - Archivo
SEVILLA, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -
El plazo para solicitar nuevas ayudas del Bono Alquiler Joven en Andalucía se reabre este martes a las 16,00 horas y se cerrará de forma "provisional" una vez se alcancen las 15.000 solicitudes. Esta convocatoria contempla ayudas de 250 euros mensuales y está dirigida a jóvenes de entre 18 y 35 años que residan en viviendas de alquiler y cuyos ingresos no superen tres veces el Iprem en el caso de solicitantes individuales, o cuatro veces el Iprem cuando se trate de unidades familiares.
La solicitud de la ayuda solo puede presentarse por vía electrónica. El trámite debe realizarse a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía (Veaja), accesible desde la Sede Electrónica General, dentro del apartado del Catálogo de Procedimientos y Servicios correspondiente a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Al acceder al procedimiento, el solicitante entrará en una sala de espera virtual, en la que se informará del número de solicitudes que se encuentran por delante. Para la identificación y firma de la solicitud pueden utilizarse tanto el certificado digital como el sistema Cl@ve.
Según informa la Junta de Andalucía en su página web, consultada por Europa Press, el formulario de solicitud consta de cinco pantallas sucesivas, a las que se irá accediendo conforme se vayan cumplimentando todos los datos requeridos. En caso de que exista alguna errata o falte información, el sistema no permitirá avanzar a la siguiente pantalla y señalará el error mediante un aviso en color rojo. Asimismo, una vez completado el formulario, si no se adjunta la documentación correspondiente, no será posible presentar la solicitud.
El primer apartado está destinado a la consignación de los datos personales. En caso de acceder mediante certificado digital, estos datos se rellenarán automáticamente. Cuando se actúe en calidad de representante, será imprescindible introducir los datos de la persona beneficiaria exactamente tal y como figuran en su DNI, NIE o NIF.
El segundo apartado se refiere al lugar y la forma de las notificaciones. En él deberá facilitarse una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil para la recepción de avisos. Las notificaciones podrán consultarse a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas, accediendo con el certificado digital.
El tercer apartado corresponde a los datos bancarios. En este caso, la cuenta facilitada deberá estar previamente dada de alta en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.
¿QUÉ DATOS SE DEBE APORTAR SOBRE EL ALQUILER?
En el cuarto apartado deberán consignarse los datos relativos al alquiler de la vivienda o de la habitación. En concreto, la información de la vivienda deberá completarse en el apartado 4.1, mientras que en el apartado 4.2 deberá indicarse la fecha de inicio del contrato. En caso de tratarse de un compromiso de contrato, se hará constar la fecha en la que se firme dicho compromiso. Es importante seleccionar el tipo de contrato que se ajuste a la situación del solicitante.
En este mismo apartado se abordará la renta subvencionable. En función del tipo de contrato seleccionado previamente, el sistema habilitará distintas opciones para indicar el importe de la renta. En los contratos de tipo 1, 2, 3 o 4, deberá marcarse la opción b) o c), según si en la renta del alquiler se incluyen garajes, trasteros o gastos de comunidad y si estos conceptos aparecen desglosados en el contrato. En estos casos, deberá indicarse la renta correspondiente a la vivienda. En los contratos de tipo 5, deberá marcarse la opción a) e indicar el importe abonado por el alquiler de la habitación.
Asimismo, deberán facilitarse los datos de los inquilinos o de los miembros de la unidad familiar o de convivencia. Si se selecciona un contrato de tipo 4, en el apartado 4.3 será necesario indicar el nombre y apellidos de todas las personas que figuren en el contrato, incluido el solicitante, así como el porcentaje de renta que abona cada una de ellas. La suma total deberá ser del 100% o, en su defecto, del 99,99 %.
En el caso de contratos de tipo 2 o 3, en el apartado 4.4 deberán cumplimentarse los datos de todas las personas que integran la unidad familiar o de convivencia. Si se trata de un contrato de tipo 3, deberá señalarse quién es el titular del contrato, además del solicitante de la ayuda.
También deberán registrarse los datos del arrendador y el período subvencionable. En el apartado 4.5 se indicarán los datos del arrendador y, si el alquiler se abona mediante cuenta bancaria, el número de cuenta en el que se realiza el pago de la renta. En el apartado 4.6 deberá señalarse el período para el que se solicita la ayuda, que podrá tener una duración máxima de 24 meses.
En el quinto apartado deberán marcarse todas las declaraciones que correspondan en función del tipo de contrato del que se disponga. Si se trata de un contrato de tipo 4, será necesario marcar, además, la declaración 5.2. En el caso de contratos de tipo 2 o 3, deberá marcarse adicionalmente la declaración 5.3.
Asimismo, durante la tramitación de la solicitud se realizarán consultas de datos a otras entidades u organismos. En caso de oponerse a alguna de las consultas indicadas en el punto 6 o de no autorizar las recogidas en el punto 7, será necesario adjuntar la documentación correspondiente una vez cumplimentado el Anexo I. Dicha documentación deberá incorporarse a través del apartado de documentación.
Por último, en el apartado ocho deberá aportarse la documentación necesaria para finalizar la solicitud. En todos los casos será obligatorio marcar la casilla correspondiente al contrato de arrendamiento o al compromiso de contrato. El resto de la documentación a presentar dependerá de la situación particular del solicitante. En el caso de contratos de tipo 2 o 3, será necesario adjuntar el certificado de empadronamiento colectivo con fecha de inicio del período subvencionable, así como el Anexo I-bis, apartados 2 y 3, debidamente firmados por todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia.